viernes, 13 de julio de 2012

LA EXCUSA DE LA EMOCION VIOLENTA


Antes de ser condenado a 18 años de prisión por rociar con alcohol y prender fuego deliberadamente sobre el cuerpo de su pareja, Wanda Taddei, las palabras del ex baterista de Callejeros Eduardo Vásquez habrán sonado redentoras: "Soy una persona que no le haría daño a nadie". El filósofo Jean-Paul Sartre le replicaría que la condición humana no se conjuga en modo potencial, sino en el más prosaico indicativo: el hombre no es lo que haría, sino lo que hace. Si la vara para medir nuestros actos es la intención, en lo que a mí me toca escribiría el mejor ensayo jamás escrito. O tocaría un instrumento como Orfeo su lira. O jugaría al tenis como Sharapova. Pero no son las palabras, sino mis acciones las que me comprometen en lo que soy.
Por cierto, todo victimario corre con ventaja: mientras él se impone con su carnalidad rogando, llorando, lamentando incluso lo acontecido, el único testimonio que queda de la víctima es su ominosa y silenciosa ausencia. De allí que las palabras del ex baterista, redentoras o no, no fueron en vano: aunque nuestra doctrina se rige por el derecho penal de acto, los jueces integrantes del Tribunal Oral Criminal N° 20 consideraron un atenuante el afán piromaníaco del condenado ("sus hábitos laborales") y la compulsión a la repetición que signó la vida del agresor. Remedando un risueño ejemplo de falacia extraído de un célebre libro de lógica, el del parricida que antes del veredicto apelaba a la clemencia de los jueces por su condición de huérfano, esta vez fueron los propios jueces quienes invocaron el estrés postraumático sufrido por el victimario tras la tragedia de Cromagnon y "la pérdida de ambos progenitores", "su prolongado compromiso con las drogas y su esfuerzo para superarlo", por citar sólo algunos de los sorprendentes fundamentos alegados en el fallo.
Finalmente, el victimario fue declarado penalmente responsable del delito de "homicidio calificado por el vínculo, atenuado por el estado de emoción violenta", entendida como un estado afectivo en que una perturbación ha hecho perderle al sujeto el pleno dominio de su capacidad reflexiva y disminuir sus frenos inhibitorios, en respuesta a circunstancias externas no provocadas por el mismo sujeto y que lo hubiesen conducido a actuar como actuó.
Invocada en casos de violencia de género, la figura de la emoción violenta es un resabio de sociedades con códigos ancestrales salvajes, en cuyo marco ético-legal la lapidación de una mujer por infidelidad era -y todavía continúa siéndolo- plenamente legitimada por las costumbres que la destinaban como depositaria del honor familiar. En el Estado de Derecho de los países democráticos, esa figura ancestral se fue desligando del honor mancillado. Subsiste como una tipificación que no exonera al criminal de culpa y cargo, pero le atenúa significativamente la pena, atenuante explicable sólo porque persiste vigente aunque enmascarada la premisa de que la mujer es una propiedad del hombre.
De la justificación de la emoción violenta hasta la excusa exculpatoria de casi cualquier crimen puede mediar apenas un paso: a riesgo de justificar legalmente lo moralmente injustificable, el derecho ampara al victimario al disminuir la condena de un sujeto que, por haber actuado sin ser consciente de lo que hacía, es incapaz de recordar los acontecimientos y recién logra conferirles un significado una vez que se vuelve hacia lo que hizo y reflexiona sobre lo irreparable. Sin embargo, ni esa conmoción rayana en la locura ni el reconocimiento tardío signaron al victimario de Wanda, quien en sus primeras declaraciones relató pormenorizadamente su versión de la secuencia de los hechos en flagrante contradicción con las condiciones que justificarían la tipificación atenuada.
Lo más curioso, según señaló el abogado defensor Leonardo Rombolá Molina en una entrevista radial, es que el estado de "emoción violenta" no fue planteado durante el juicio ni por la defensa ni por el fiscal, apenas fue mencionado por la querella para dejar en claro que, precisamente, no se trató de una emoción violenta, sin sospechar que, en un eureka liberador, la exclusión de ese atenuante sería el hallazgo recogido por el tribunal. Pues dado que la pena no se podía mensurar, entonces se sacó de la galera la emoción violenta, refutada no sólo por el testimonio del victimario, sino incluso por las pericias realizadas en el lugar del crimen.
En nombre de la ley todopoderosa que no es, al fin y al cabo, sino una construcción humana que puede responder a intereses ajenos a sus fines, el atenuante desequilibra la balanza entre el daño provocado y la pena merecida: el principio incorporado por las religiones, la cultura y los códigos penales, el mismo que ordena "no matar", es depreciado toda vez que la respuesta a un homicidio es tan piadosa como injusta. Como si esa muerte fuera el desenlace desgraciado de cierta compulsión irrefrenable reprochable, pero, al fin de cuentas, presuntamente comprensible.
Pero no sólo juegan en contra del fallo las razones retributivas -la muerte de una mujer, además de la orfandad real y simbólica de sus hijos y la devastación de sus padres-. Según datos del Observatorio de Femicidios en la Argentina coordinado por La Casa del Encuentro, antes de la incineración de Wanda Taddei se informaban cinco o seis casos anuales, mientras que desde entonces, en dos años, se contabilizaron cincuenta y tres mujeres que murieron incineradas en manos de sus parejas o ex parejas. Hay quien alegará que la replicación del procedimiento letal es deudora de la irresponsabilidad mediática que privilegió la difusión del caso. Pero la contracara de este argumento descalificador es que, gracias a la difusión obtenida, las mujeres desnaturalizaron la práctica y comenzaron a denunciarla.
La directora del Programa de Estudios de Género y Subjetividad en la UCES, Mabel Burin, señaló que "en el femicidio no se trata de emociones: se trata de un sistema de pensamiento, un paradigma de dominio y posesión sobre la otra persona que configura una autorización interna para matar. Y en una cultura patriarcal, donde Ricardo Barreda pudo ser considerado un héroe por matar a todas las mujeres de su familia, un crimen como el de Vásquez se presta a la identificación de otros hombres, ya que «si él pudo hacerlo, yo también puedo»". Desconociendo las conductas miméticas de los victimarios, en lugar de hacer de la pena una pena ejemplar, los jueces invocaron una figura legal que, lejos de ejercer un papel disuasorio, es una invitación a la repetición.
Desde hace unos meses, en el Congreso se debate, como una agravante del homicidio, la figura del femicidio definido como el crimen hacia una mujer cuando hubiese sido cometido por un hombre y estuviese de por medio violencia de género. Pero el proyecto legislativo, de concretarse, no es suficiente. Se necesita, además, que los operadores jurídicos acompañen la sanción social con el firme propósito de que las reformas legales no sean meras declaraciones o letra muerta avasallada por interpretaciones arbitrarias.
Por cierto, los jueces, como representantes del Estado, resguardan su derecho a aplicar la pena jurídica por el delito, prerrogativa del Estado. Pero las víctimas, las víctimas colaterales y la sociedad toda, pueden reclamar el derecho a que sea impuesta la pena debida sin atenuantes tenuemente fundamentados. Y no se trata de un juego de palabras: ellas condensan la omnipotencia de una ley que, malabarismos mediante, todo lo puede.

FEMINICIDIOS


La Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (Consavig) impulsa el debate del proyecto de ley sobre el femicidio que se elaboró desde el organismo nacional, ya que aseguraron a AIM que la figura autónoma “daría una visibilidad al problema y un alerta a las funcionarias y funcionarios judiciales”. El año pasado 280 mujeres fueron asesinadas por cuestiónes de género.
En el Código Penal argentino no se nombra a las mujeres ni cuando se las mata, aseguró a esta Agencia la jefa de Abordaje Territorial del organismo nacional, Claudia Perugino, quien explicó que desde la Consavig se elaboró un proyecto de ley sobre femicidios, que es la muerte de parte de un hombre a una mujer por su condición, como el caso más extremo de violencia.
La creación de la figura autónoma de femicidio “daría una visibilidad a la problemática y una alerta a las funcionarias y funcionarios judiciales de poner un oído atento para que cuando una mujer llega a una instancia legal sea escuchada, porque se sabe que el 90 por ciento de las mujeres muertas en caso de femicidio recurrieron entre siete y nueve veces a la justicia”, dijo la funcionaria nacional.
La abogada recordó que “el año pasado 280 mujeres fueron asesinadas por cuestión de género, por ser mujeres”. En ese contexto, aclaró  desde la Comisión se realizan en todo el país instancias de enseñanza y aprendizaje donde se difunde la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres “como una herramienta de protección integral que ayudará a hacer valer los derechos de las mujeres”, y se escucha “atentamente a las mujeres de todo el país para saber qué demandas tienen y qué aportes y problemáticas puntuales le preocupan, ya que la comisión está enfocada a generar nuevas sanciones, porque la 26485 reconoce nuevos tipos y modalidades de violencia”.

DEBATE EN EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA: CONTROVERSIA CON DIPUTADOS

La asesora legal de la comisión, Daniela Arcuri, detalló que en el Senado de la Nación hay 13 proyectos y una media sanción de Diputados sobre el femicidio, pero aclaró que la iniciativa impulsada desde el organismo nacional presenta importantes diferencias con la propuesta de los diputados.”
La abogada indicó: “Nosotras no estamos de acuerdo con el proyecto de diputados, porque se podría avanzar más”. En ese sentido, precisó que el proyecto de la Consavig “reconoce la creación del femicidio como delito autónomo, es decir que impulsa que exista una figura  legal como el homicidio y las lesiones, no que sea un agravante del homicidio, que es lo que salió en diputados”.

PROMOCIÓN DE DERECHOS EN PARANÁ

Para formar agentes que sepan cómo intervenir ante conductas, acciones u omisiones que de manera directa o indirecta afecten la vida de las mujeres en su libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial y fortalecer las redes ante la violencia de género, la Consavig dictó un taller en el Centro Comunitario municipal Uno, La Floresta.
Perugino, explicó que en la instancia de enseñanza y aprendizaje se pretendió, por un lado, dar difusión de la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres  “como una herramienta de protección integral que ayudará a hacer valer los derechos de las mujeres”, y, por el otro, “escuchar atentamente a las mujeres de todo el país para saber qué demandas tienen y qué aportes y problemáticas puntuales le preocupan, ya que la comisión está enfocada a generar nuevas sanciones, porque la 26485 reconoce nuevos tipos y modalidades de violencia”.
Daniela Arcuri, apuntó que  la difusión de la Ley “permite visibilizar la problemática, empoderar a las mujeres y generar redes que puedan dar contención para todos los tipos y modalidades de violencia”.
“La existencia y creación de vínculos que puedan informar y replicar la información y hacer valer sus derechos traerá aparejado cierta modificación en las conductas en el ejercicio de derechos”, aseguró la abogada.
En el encuentro no sólo se abordó la Ley, sino que también se trabajó “entre las y los participantes sobre qué le pasa a una mujer en situación de violencia, es decir, en qué estado está o cómo está su autoestima, porque a veces quienes acompañan a una mujer en vez de ayudarla la revictimizan y no se le da la herramienta para que salga del lugar en el que se encuentra”.
Además, se desnaturalizaron “los prejuicios sobre la violencia que culturalmente están instalados” y se dialogó sobre la necesidad de fortalecer “las redes, porque muchas veces en la misma ciudad hay varias personas que trabajan la violencia de género de forma desarticulada y en estos espacios se buscan establecer nexos para que todos y todas sepan con qué herramientas concretas cuenta la comunidad, porque de esta salimos unidas y organizadas”, aseguró Perugino.

LA COMISIÓN

La Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (Consavig) fue creada el 21 de febrero de 2011 con el objetivo de formular las sanciones a la violencia de género establecidas por la ley Nº 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos que desarrollen sus relaciones interpersonales” en sus diferentes tipos y modalidades.

lunes, 25 de junio de 2012

OVD- OFICINA DE VIOLENCIA DOMESTICA

La directora de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Tucumán me dijo que no podían hacer nada, que la mujer en problemas tenía que ir a pedir ayuda y no su madre, que tenía que esperar a que tocara fondo”, contó con bronca Rut Tomatis. Este diario se comunicó con la titular de la OVD de Tucumán, Martha Palazzo. Pero la funcionaria dio otra versión de los hechos: dijo que le había dado la alternativa de que la madre presentara una denuncia contra el novio de su hija. Sin embargo, Tomatis lo niega rotundamente: “Si yo había ido justamente a denunciar y no me tomaron la denuncia. Si me hubiera dado esa alternativa, la hubiera hecho. No es cierto lo que dice”, afirmó la mamá de María Medina. Palazzo reconoció que la atendió. La recuerda. Tomatis llegó a la OVD recomendada por una psiquiatra amiga de la directora del organismo. “Me dijo que me la iba a mandar para que la orientara, por eso no tuvo entrada en los registros de la oficina”, argumentó Palazzo.




Consultada por este diario, la titular de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de la Nación, Analía Monferrer, explicó los mecanismos que prevé la ley para actuar en casos como el de María Medina, cuando la víctima no toma conciencia de que está en pareja con un hombre violento. “Lo más apropiado es que la propia mujer pueda reconocerse como víctima de hechos de violencia doméstica para poder sostener luego, en su caso, la denuncia policial o judicial que decidiera hacer. Pero, para que esto suceda, en general, se necesita tiempo. Y muchas veces es tal la gravedad de los hechos que ese tiempo no existe. A partir de la vigencia de la Ley nacional 26.485 –contra la violencia hacia las mujeres–, cualquier persona puede denunciar la ocurrencia de hechos de violencia cometidos contra una mujer adulta. Luego la autoridad judicial debe citar a esa mujer para que ratifiqueesos hechos. En cualquier ámbito previsto para recepción de denuncias, la que hace una tercera persona (familiar, vecino, etc.) puede ser tomada sin ningún problema”, aclaró Monferrer.



–¿Qué medidas de protección se pueden tomar?



–Las medidas son las herramientas de las que disponen juezas y jueces para evitar hechos posteriores. Lamentablemente, en casos incluso que han cobrado notoriedad –por lo menos los que fueron atendidos en la OVD de la CSJN– aun con medidas de protección vigentes y sentencias condenatorias dictadas, hechos de violencia posteriores a los que originaron los trámites judiciales ocurrieron. Esto demuestra que el Poder Judicial solo no puede eliminar los hechos de violencia. No está el sistema preparado para facilitar una custodia personal a cada víctima.



–¿Podría obligarse al violento a usar pulseras con GPS para controlar que no se acerque al domicilio de quien fuera su víctima?



–Las pulseras con GPS podrían utilizarse. Se trataría de un método, creo, más fácil de controlar. Al igual que los botones antipánico. Actualmente, estos últimos están siendo entregados por la Policía Metropolitana, ante la orden de fiscales y jueces. No hemos recibido informes aún, oficiales, acerca de su uso, pero tengo entendido que están funcionando bien y que se han evitado nuevos hechos de violencia.

VIOLENCIA DE GENERO

Fue un noviazgo de pocos meses. María Medina terminó golpeada e incendiada. Ocurrió en Tucumán. Antes, su madre había recorrido comisarías y ámbitos judiciales. Pero no fue escuchada.




María Medina tenía 32 años y se ganaba la vida dando clases particulares de inglés en su casa y haciendo traducciones de artículos científicos a una médica psiquiatra. Vivía en el barrio Ciudadela, de San Miguel de Tucumán, con su madre y su abuela, y las ayudaba también a ellas con su negocio de helados y postres artesanales. En noviembre comenzó a noviar con Armando Antonio Martín, también de 32 años, tío de uno de sus alumnos. Desde el inicio de la relación, la mamá de María, Rut Tomatis, percibió que se trataba de un hombre violento y trató de advertirle a su hija, pero ella no quiso escucharla. Rut fue a pedir ayuda durante el verano a comisarías e incluso, apenas terminó la feria judicial de enero, recurrió a la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Tucumán, pero le dijeron que no podían hacer nada para proteger a su hija, porque era una mujer adulta; había que esperar hasta que ella “tocara fondo” y fuera por su cuenta a denunciarlo. Poco más de un mes después, María fue brutalmente golpeada y quemada viva en la casa de su novio. Y murió. Hacía apenas cinco meses que estaban saliendo. Martín es el principal acusado y único detenido por el femicidio: está procesado con prisión preventiva por “homicidio agravado por alevosía”. El caso muestra con crudeza la inacción del sistema judicial y policial para intentar salvar a una joven de la violencia machista y el desesperado derrotero de una madre, que pudo ver con claridad que la vida de su hija estaba en riesgo y no pudo salvarla. Especialistas consultados por Página/12 advirtieron sobre cómo se debe actuar cuando la propia víctima no se da cuenta de que está en una relación violenta, qué dice la ley y qué pueden hacer los familiares y los organismos del Estado para protegerla (ver aparte).



Martín vivía a pocas cuadras de la casa de María. Empezó a ir a buscar a su sobrino cuando terminaba las clases de inglés que le daba ella. Así se conocieron. En noviembre se pusieron de novios. Al principio, Rut se puso muy contenta porque la veía contenta a su hija. Pero pronto, dice, empezó a observar algunas actitudes que no le gustaron. A Martín le molestaban sus preguntas. Contestaba mal.



Hubo un hecho que le pareció demasiado raro. “Sonó el celular de mi hija y atendió él. Yo me sorprendí –recordó la madre–, la miré a mi hija, pero ella bajó la cabeza.” Rut aseguró que aquella vez desconfió de él. “Al cortar la llamada le hice un comentario de por qué atendía el celular de mi hija y él me respondió que no tenía que meterme en la relación de ellos.”



“María era una chica tímida. Había tenido un novio hacía unos cinco años y alguna relación más. Y lo que más quería era estar de novia. Era muy pegada a mí. No tenía la experiencia que tienen las mujeres a su edad”, la describe su mamá. Antes de que conociera a Martín, dice Rut, charlaba mucho con ella y con su abuela, se reían juntas. Pero después, diferencia, su actitud cambió. Se empezó a distanciar de su madre y su abuela. Estaba más callada. Dice que su hija era una mujer muy sensible, que escribía poesías, que le gustaba la música de Pedro Aznar. “Esa era mi hija. Pero él la cambió”, reafirmó Rut.



Rut reconoce que ella era muy sobreprotectora con su hija, y también sabe que a los 32 años era una mujer adulta para decidir sobre su vida. Pero distintas actitudes del novio le empezaron a preocupar. Con el tiempo se fue enterando de que “Martín era jugador de las máquinas y del casino y les pedía plata a mujeres luego de seducirlas”, según quedó plasmado en el expediente judicial, en el pedido de Rut para constituirse en querellante en la causa que investiga el homicidio de su hija.



“Un día, como otros, María llegó llorando a casa y cuando la abuela la estaba consolando, sonó el teléfono y era Graciela, una de las hermanas de Armando, que le dijo que fuera a su casa, que él le quería pedir perdón”, contó Rut. Ella le pidió que cortara pero la volvió a llamar y se fue a la casa de la cuñada y no volvió durante cuatro días. Un día la madre la vio con un moretón en la cara. Ella le dijo que se había golpeado sola.



“El 2 de enero, sorpresivamente, se presentaron María y Armando en casa y él me dijo que se irían de vacaciones, ella no hablaba, sólo lo miraba. Esa semana no tuve ninguna noticia de ellos”, contó Rut. Después supo que habían ido a las Termas de Río Hondo, en Santiago del Estero. Rut empezó a temer por la seguridad de su hija y fue a varias comisarías de la zona a pedir ayuda. “Me decían que no podían hacer nada. Que mi hija tenía que hacer la denuncia, que era mayor de edad”, recordó la mujer. Después de la feria judicial de enero fue a la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Tucumán y la atendió la propia directora del organismo, Marta Palazzo. Fue por la recomendación de una psiquiatra amiga. “En la Oficina de Violencia Doméstica me dijeron que tenía que concurrir mi hija a hacer la denuncia, que ya tocaría fondo. Sólo anotaron los nombres míos, de mi hija y de Armando en un papel, pero no quedó nada registrado” (ver aparte).



Durante el mes de enero las llamadas de María a su familia eran cada vez más esporádicas. Con el tiempo, su mamá y su abuela supieron que al regresar de las Termas de Río Hondo se instalaron en la casa que la familia Martín tiene en la calle Corrientes 3271, en San Miguel de Tucumán. “María me rogaba que no la llamara porque Armando se enojaba muchísimo y ella sufría porque la castigaba”, siguió la madre. Unos 15 o 20 días después se separaron y María retornó a su hogar. Pero al poco tiempo la joven recibió un mensaje de texto en su celular de él que le decía: “Desde la oscuridad y el silencio te sigo amando”. El sms figura en el expediente judicial. María se sorprendió –dijo la mamá– y decidió ir a verlo para “despedirse”, relató Rut. Pero María no regresó a su casa. Una noche le mandó un sms a su mamá donde le dijo “que estaba dormido, que ya iba a volver pero no sabía cómo lo iba a hacer”. Como se había ido con ropa de verano y habían comenzado los primeros fríos, la madre la llamó para decirle que fuera a buscar un bolso con ropa más abrigada a su casa. María fue. Mientras él la esperaba afuera, llegó a decirle a su mamá y a su abuela que le había roto el celular contra una pared, tirándoselo, enojado, pero que después le había pedido perdón y le había dicho que le iba a comprar otro, relató Rut.



A los tres días de haberse llevado el bolso, Rut recibió un llamado anónimo de una mujer –no era la primera vez que esa misma voz llamaba anónimamente– que le gritó: “Tu hija está muerta”. Rut cortó y el teléfono volvió a sonar. “Me dijo que Armando la había llamado y que le había dicho que la había matado por amor a ella.” Esa voz anónima había llamado varias veces antes a Rut: la mujer siempre decía que la novia era ella y no María.



Rut llegó a la casa de Corrientes 3271 en un taxi con su madre, cuando todavía salía humo. También la acompañó un amigo. Desesperada le gritó a Martín que le entregara a su hija. El negó que estuviera. Le dijo que había un cortocircuito y se había incendiado una habitación. Rut llegó a ingresar a la vivienda, entró a la habitación, pero por el humo no pudo ver nada. El aire era irrespirable. “Estaba todo quemado, las ventanas tapiadas y lleno de escombros”, dice el expediente judicial. Los vecinos ya habían llamado a los bomberos y a la policía. Los agentes encontraron en el interior el cadáver de María, calcinado. Los peritajes forenses determinaron que había sufrido antes una brutal paliza que la había dejado inconsciente. Un informe de la Dirección General de Bomberos concluyó que el fuego se inició y desarrolló en el cuerpo de la víctima “descartándose que el mismo haya sido originado como consecuencia de un accidente eléctrico, determinándose además la existencia de recipientes con restos de nafta y fósforos en el lugar, indicios que demuestran la forma intencional de la combustión, y que sumados a los restantes, me permiten sostener que fue el imputado el autor del mismo”, escribió la fiscal Marta Mariana Rivadeneira, al requerir la prisión preventiva de Martín por “homicidio agravado por alevosía”.



Martín está detenido. Tuvo un intento de suicidio en prisión y fue trasladado a un hospital psiquiátrico, pero luego volvió a una celda en la cárcel de Villa Urquiza. “Todo este tiempo lloré. Entraba a la habitación de mi hija, me sentaba en la cama y olía su ropa, y seguía llorando. Mi madre me veía sufrir y me hizo entender que debía salir adelante. Hace unos días doné la ropa de mi hija y me levanté. Ahora estoy dispuesta a buscar justicia por mi hija”, dice Rut. Teme que Martín pueda ser declarado inimputable.

martes, 5 de junio de 2012

prostitucion - proyecto de penalizacion al consumidor

El 4 de mayo pasado, el diputado nacional Pablo Kosiner (FPV Salta) presentó un proyecto de ley para penalizar a quien paga por sexo. Se trata de agregar un párrafo al artículo 127 del Código Penal: “Se impondrá prisión de seis meses a dos años o multa de mil a noventa mil pesos, al que demandare u obtuviere una relación sexual a cambio de dinero, por compra de servicio sexual. Procederá la misma pena al pago realizado o prometido por una tercera persona”.
Los fundamentos de la iniciativa aluden a las “nuevas concepciones que plantean que a la trata hay que combatirla, además, atacando la responsabilidad del cliente, es decir, de quien consume este tipo de relación”.
Allí se menciona la ley sueca de 1999, que sanciona al consumidor de sexo pago, “definida como el primer intento de un país de dirigirse hacia la primer causal de la prostitución y la trata de personas con fines de explotación sexual. Ello representa desterrar la concepción demandante de los hombres del derecho a comprar servicios sexuales, y continuar en la evolución de nuestra legislación hacia la construcción de una sociedad mucho más justa y solidaria”.
De todos modos, el proyecto contiene una contradicción: el término “servicios sexuales” es utilizado por las mujeres que consideran que, cuando se ejerce de manera independiente, la prostitución es “un trabajo digno”.

lunes, 28 de mayo de 2012

VADE RETRO CORTE- MARIANA CARBAJAL

LA ESTRATEGIA DE LA IGLESIA EN CONTRA DEL FALLO DEL MAXIMO TRIBUNAL DEL PAIS SOBRE LOS ABORTOS NO PUNIBLES

Vade retro, Corte Suprema de Justicia

En las provincias, los obispos buscan frenar la implementación de los protocolos hospitalarios. Y en el Congreso ya hay proyectos para obstaculizar los abortos no punibles. Hasta prevén subsidios a las mujeres que lleven adelante el embarazo en casos de violación.
La Iglesia Católica busca neutralizar el impacto del histórico fallo de la Corte Suprema sobre abortos no punibles. Por un lado, pretende frenar en las provincias la implementación de los protocolos hospitalarios para la atención de abortos en caso de violación. El principal frente eclesiástico se despliega en Tucumán, donde el arzobispo local, monseñor Alfredo Zecca, intenta presionar al gobernador José Alperovich (FpV) para que fije el procedimiento que debe seguirse a través de un decreto u otra normativa. Pero la estrategia tiene otra cara, que apunta paralelamente a impulsar leyes que obstaculicen la interrupción legal del embarazo y que promuevan que las mujeres sigan adelante con la gestación forzada a través de una violación –como si fueran meras incubadoras– y den luego en adopción la criatura. En la Cámara de Diputados ya se presentaron dos proyectos en ese sentido, que fueron girados a la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, donde está previsto que se empiecen a debatir, y que contemplan, incluso, darles un incentivo en dinero a cambio de llevar a término esos embarazos.
Una de las propuestas es un proyecto de Ley de Protección Integral de los Derechos Humanos de la Mujer Embarazada y del Niño por Nacer. Pero bajo el paraguas de una iniciativa para proteger a las mujeres durante el período gestacional, se busca introducir cláusulas “antiaborto”, para impedir la interrupción del embarazo incluso en las circunstancias permitidas por el artículo 86 del Código Penal.
En el primer artículo, la iniciativa establece que “se entiende por ‘niño por nacer’ a todo ser humano desde el momento de la concepción o fertilización del óvulo, hasta el de su efectivo nacimiento”. En el artículo cuarto, define que “el niño por nacer tiene derecho a la igualdad de oportunidades y a ser protegido contra cualquier tipo de discriminación o selección en razón de su patrimonio genético, etapa de su desarrollo, características físicas, biológicas o de cualquier otra índole. Tampoco lo será a causa de las circunstancias de su concepción o las cualidades o características de sus progenitores y familiares”. La ley considera particularmente agraviante, lesivo y discriminatorio que se califique a los niños por nacer como “deseados” o “no deseados”. Y más adelante, en el mismo artículo, establece que “cuando el embarazo proviniera de un delito contra la integridad sexual, la mujer será acreedora, desde el momento de la concepción y durante todo el período gestacional, a una asignación especial equivalente un sueldo de la categoría E del Agrupamiento General del Sistema Nacional de Empleo Público (Sinep). En caso de que la mujer decidiera asumir la crianza y educación del niño, la asignación se le continuará abonando hasta que éste cumpla los 18 años de edad. Si la mujer decidiera no tomar a su cargo la crianza y educación del niño luego del nacimiento, se proveerán de inmediato las medidas necesarias y urgentes para su protección, favoreciéndose su adopción o guarda por una familia, en cuyo caso la asignación será percibida por la familia adoptante o guardadora a partir del momento en el que se hiciere cargo del niño y hasta que éste cumpla los 18 años de edad”. En el artículo séptimo, establece que “se reputará como un caso paradigmático de violencia contra la mujer toda interferencia externa, sea estatal o particular, que tenga por objeto inducir o convencer a una mujer que cursa un embarazo, a interrumpir el curso de ese embarazo mediante la práctica de un aborto”.
El proyecto fue presentado el 23 de marzo, diez días después del fallo de la Corte sobre aborto no punible, con 15 firmas, de los exponentes más conservadores de distintos bloques, como los diputados Julio Ledesma (ex denarvaísta), de Corriente de Pensamiento Federal; el macrista salteño Alfredo Olmedo (el de la campera amarilla, conocido por sus expresiones homofóbicas), Graciela Camaño, del Peronismo Federal; el demócrata mendocino Omar de Marchi, la puntana del peronismo disidente Ivana Bianchi, la sanjuanina del Frente para la Victoria Margarita Ferra de Bartol, entre otros. Posteriormente, otros 13 diputados más también lo firmaron. Originalmente, esta propuesta había ingresado en 2010 en la Cámara de Diputados, pero perdió estado parlamentario en diciembre sin ser tratada. En realidad, se trata de una iniciativa promovida por la Red Federal de Familias, una alianza “antiderechos” de grupos católicos y evangélicos”, que repudió la sentencia de la Corte sobre los casos de aborto no punible y que desde la sanción del matrimonio igualitario está juntando firmas para presentar una iniciativa popular en el Congreso para derogarlo.
Integrantes de la red el año pasado presionaron en Misiones a la familia de una adolescente de 14 años, que había quedado embarazada cuando un tío la violó –en represalia porque había contando que él había abusado de su hermanita–, para que desistiera en su reclamo de la realización del aborto al que tenía derecho por ley. “No maten al niño, dénnoslo a nosotros” exigieron los “antiderechos” en un comunicado en aquel momento.
Hay otro proyecto en Diputados, que apunta en la misma línea. En abril, la diputada puntana Bianchi, también ferviente opositora al matrimonio igualitario y a la despenalización del aborto, presentó una iniciativa para promover la adopción de bebés concebidos en violaciones. También se camufla en una iniciativa de “asistencia integral a mujeres embarazadas víctimas de delitos contra la integridad sexual”. “En los últimos años, se han iniciado programas específicos de asistencia a víctimas de delitos sexuales en distintas ciudades del país; pero ninguno forma parte de un plan integral, que contemple la adopción”, dice Bianchi en los fundamentos. En su artículo tercero, la propuesta legislativa establece que “deberá agilizarse el registro de adoptantes, si la mujer victimizada por los delitos contra la integridad sexual y quedare embarazada, decide dar en adopción a su hijo al nacer; luego de un período de espera establecido”.
En el temario de la reunión del martes último de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Cámara baja estaba previsto empezar a discutir los dos proyectos, pero la convocatoria finalmente fue suspendida.

jueves, 10 de mayo de 2012

LEY DE IDENTIDAD DE GENERO - SOLEDAD VALLEJOS

Alcanzaron dos horas y diez minutos para que el Senado aprobara el proyecto de Identidad de Género, que ya había recibido el mismo tratamiento en la Cámara de Diputados. Fueron 55 votos afirmativos, ninguno negativo, una abstención: con esos números, apenas habían dado las 9 y diez de la noche cuando quedaba convertida en ley la disposición según la cual el Estado argentino respeta la identidad que cada ciudadana y ciudadano concibe como propia. Una vez promulgada, bastará un trámite administrativo para modificar el nombre, la foto, el sexo en el DNI. También quedará garantizado el acceso a los tratamientos de salud que la persona requiera para modificar su cuerpo de acuerdo con el género autopercibido.
El texto aprobado define como “identidad de género” a la “vivencia interna e indidivual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”. Ello “puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales”. Podrán modificar sus datos registrales las personas mayores de 18 años. Las prestaciones médicas contempladas en la ley formarán parte del Plan Médico Obligario.
Minutos antes de que el panel del recinto brillara con los números, el senador radical Ernesto Sanz pidió “una autorización especial”: que las y los activistas presentes en las barras pudieran expresar su alegría “si se consolida” la votación. El Senado estalló: desde las barras llovían los aplausos y vivas de activistas a quienes los discursos de la sesión rindieron homenaje una y otra vez. Poco después, los votos daban la razón a esa alegría, que se trasladó a la calle Entre Ríos, frente al Congreso, donde cientos habían seguido del debate en pantalla gigante.
Desde los balcones, la sesión fue presenciada por activistas LGBT, pero en realidad la jornada, en algunos casos, había comenzado bastante antes. “Desde las ocho estoy por acá”, contaba la líder trans Marcela Romero, a quien la Cámara de Diputados había reconocido como “Mujer del Año” en 2009, precisamente porque había logrado un DNI respetuoso de su identidad tras una década de lucha judicial. Presidenta de la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgénero de Argentina (Attta), Romero concedió a este diario que sí, estaba “un poco ansiosa” desde temprano en la mañana y se había acercado al Congreso para paliar los nervios. Doce horas después, la ansiedad no menguaba. “Voy a tener que aprovechar que sancionaron muerte digna”, bromeaba desde el balcón que compartía con Esteban Paulón, presidente de la Federación Argentina LGBT (Falgbt), de la que Romero es secretaria general. Más allá, Lohana Berkins, presidenta de Alitt (Asociación de Lucha por la Identidad Travesti), seguía atentamente cada discurso; la concentración, de hecho, le impedía comentar lo que sucedía.
Cuando caía la tarde sobre la plaza Congreso, un centenar de personas seguía la sesión en la pantalla gigante que el Inadi había aportado para acompañar a las organizaciones. Entre música dance, aroma a hamburguesas y personas que corrían colectivos, activistas LGBT bailaban para hacer más leve la espera, mientras se dejaban ver caras que habían sido protagonistas, hace dos años, del debate por el matrimonio igualitario, como José María Di Bello y Alex Freyre, Alejandro Vanelli y Ernesto Larrese, María Rachid. A metros del escenario, Julieta Calderón, altísima con sus 19 años y orgullosa trans militante en la Juventud de la Falgbt, decía a Página/12 que estaba ahí por ella, pero también por su sobrino de 9 años. “Si esto se aprueba, cualquiera sea su deseo, cualquiera su proyecto, la vida sería tan sencilla para él. Creo que esto es para las nuevas generaciones, porque ahora va a hacer falta un cambio cultural fuerte. Socialmente falta. No sé si mañana (por hoy) va a haber un cambio radical en todo, pero el reconocimiento legal a tu verdadera identidad es un cambio cotidiano.”
La sesión había empezado a las siete de la tarde, con una intervención, la de Ada Iturrez de Capellini (Frente Cívico por Santiago, presidenta de la Comisión de Legislación General), que anticipó la tónica predominante de las siguientes dos horas: la Cámara estaba dispuesta a “subsanar” la “deuda” que la democracia tenía con el colectivo trans, y agradecía y aplaudía la militancia de los activistas. La ley, que Iturrez de Capellini definió como “consecuencia de la ley de matrimonio igualitario”, recibió el respaldo de todos los bloques, cuyos representantes fueron ampliando, a su turno, el abanico de razones: es “un derecho humano básico para poder dignificarse”, señaló Eugenio Artaza (UCR); “tendría que haber sido sancionada mucho antes”, reflexionó Aníbal Fernández (FpV); permitirá “a la gente intentar ser más feliz”, aportó Miguel Angel Pichetto (FpV). Es “el primer paso para empezar a revertir esta realidad de discriminación y violación constante de los derechos humanos por razón de identidad de género”, destacó Rubén Giustiniani (PS), quien pidió, como otros de sus colegas, reconocer a la legisladora (MC) Silvia Augsburger, responsable de haber franqueado el paso de la demanda al Congreso.
Los discursos transcurrían sin sobresaltos, ante un recinto del que se habían ausentado dieciséis legisladores, entre ellos Teresita Negre de Alonso, quien dos años atrás se había opuesto férreamente al matrimonio igualitario. Sonia Escudero, que en 2010 votó en oposición a aquella ley, anunciaba, sirviéndose de cifras sobre la vulnerabilidad del colectivo trans, que votaría favorablemente; del mismo modo votó el salteño Juan Carlos Romero. En ese contexto, y trayendo a colación los reparos que la jerarquía católica expresa con respecto a la modificación del Código Civil, Marcelo Fuentes (FpV) cuestionó la “extorsión de la religión” y el “síndrome del púlpito”, puesto que es preciso reconocer “la secularización del derecho”. “No va a haber reconstrucción igualitaria en la Argentina si los responsables de llevarles tranquilidad a sus fieles no los preparan para un mundo que marcha a los cambios.”
Sólo la chubutense Graciela Di Perna (Frente por la Integración) puso una nota disruptiva al anunciar que se abstendría, entre otras cosas, porque “adulterar la partida de nacimiento es un delito”, habida cuenta de que “no se puede adulterar el genotipo del sexo de un individuo presente desde la concepción en cada célula del individuo”.
Aunque los reconocimientos a organizaciones y activistas fueron moneda corriente, un nombre reaparecía una y otra vez en la sesión: el de Claudia Pía Baudracco, la líder trans fallecida el 18 de marzo. La mencionó, tras recordar a “Ursula, una mujer encantadora que ha padecido las discriminaciones que hoy se terminan”, la chaqueña Elena Corregido (FpV); también la riojana Mirtha Luna, al contar que la había conocido en un acto por el Día de la Mujer: “Claudia Pía se me acercó y me pidió que le diéramos sanción al proyecto. Diez días después murió”. El nombre de Baudracco estuvo presente, también, en la plaza, junto con otros históricos, como el de Nadia Echazú. Faltaban minutos para que el cuerpo votara. Gerardo Morales (UCR) se congratuló porque la “ley convertirá a la comunidad trans en sujetos de derecho, como ocurre con el conjunto de la sociedad”.

LEY DE IDENTIDAD DE GENERO

Diversos especialistas analizaron el texto de la nueva Ley de Identidad de Género. Destacaron las particularidades que la hacen única en el mundo: no se considera patológica la identidad trans ni se requiere de autorización judicial para reasignar el sexo.
La Ley de Identidad de Género aprobada ayer es la mejor del mundo. Así la definieron cuatro especialistas consultados por este diario, quienes destacaron que la norma es la que más se acerca a la Declaración de Yakarta de 1997, sobre la Promoción de la Salud en el Siglo XXI, que fomenta la reducción de la inequidad en salud y el respeto por los derechos humanos. “A diferencia de las legislaciones pioneras, como la española o la sueca, que son bastante restrictivas, nuestra ley despatologiza las identidades trans, además de desjudicializarlas, descriminalizarlas y desestigmatizarlas”, evualó el abogado Emiliano Litardi, uno de los redactores de la ley. “La Organización Mundial de la Salud está revisando la clasificación internacional de las enfermedades y esta sanción sienta un precedente enorme para que no se pida, como en varios países, el aval de un diagnóstico psiquiátrico”, comentó el investigador y activista intersex Mauro Cabral.
Además de los países mencionados, también Sudáfrica, Holanda, Italia, Alemania, Suiza, Nueva Zelanda, Australia, Turquía, algunos estados de Estados Unidos, Uruguay, Colombia, Bélgica, Finlandia y Canadá tienen leyes de identidad de género. Todas estas legislaciones plantean restricciones para conceder gratuitamente, por ejemplo, una operación de reasignación sexual. “Esta ley quita de la esfera médica o humanística la decisión de esas operaciones y las lleva al plano de la decisión personal, respetando la autonomía corporal”, analizó la investigadora Paula Viturro.
El acceso pleno a la salud es otro de los logros de la ley, ya que obliga al sistema público y privado a proveer tratamientos hormonales y operaciones parciales o totales para desarrollar la identidad. “Y son gratis pero no obligatorios para quien tenga interés”, aclaró Viturro, abogada y coordinadora del área de Tecnologías del Género del Centro Cultural Rojas de la Universidad de Buenos Aires. Por ley, los médicos no podían hacer operaciones mutilantes sin autorización de un juez y éste solía pedir peritajes psicológicos, psiquiátricos, clínicos y también testigos.
Esto impedía que muchas personas que deseaban una reasignación sexual tuvieran que victimizarse, algo corriente en los escritos judiciales. “Había que demostrar sufrimiento, decir que se estaba en el cuerpo equivocado, que de chiquita a esa persona le gustaba la decoración femenina o tenía sensación de odio hacia sus genitales. No se afirmaba que estaba ante una elección personal, sino ante una especie de error de la naturaleza, una fatalidad”, afirmó Viturro.
Otro inconveniente judicial en caso de requerir un documento acorde con la identidad de género autopercibida era la lógica esterilizante. Por muchos años, cuando una persona trans exigía judicialmente su DNI se le ponía como requisito una operación de reasignación sexual. Y no es un fenómeno argentino: 29 países de la Europa ponen este requisito en la actualidad. “Tuve un caso de este tipo en la Justicia nacional y esa postura fue admitida por la Cámara de Apelaciones. Al final, logramos conseguir el DNI sin operación concurriendo a un tribunal de la ciudad de Buenos Aires”, recordó Litardi, quien representó legalmente a 28 personas que pedían sus documentos desde 2004 a la fecha. “Hubo jueces porteños que estaban a favor y algunos plantearon que no debían judicializarse estos temas”, agregó.
En la norma sancionada ayer sólo se contempla la intervención judicial en el caso de personas menores de edad que deseen un nuevo DNI o realizarse un tratamiento hormonal o una operación parcial o total y cuyos padres están en contra. “La ley incorpora una figura novedosa, la del abogado del niño. Es algo muy bueno porque va en consonancia con la ley de protección de la niñez y la adolescencia. En estos casos, el rol de la Justicia es gestionar el conflicto entre hijos y padres”, comentó este integrante del Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género.
Consultada al respecto, la antropóloga Josefina Fernández opinó que la norma es “movilizadora” y tendrá un impacto en la institución familiar. “Viene a desorganizar el ‘orden’, a romper muchos argumentos y a modificar la perspectiva de la Justicia sobre este tema, por eso me parece atractiva”, comentó Fernández, coordinadora junto a la activista travesti Lohana Berkins de “La gesta del nombre propio”, el primer estudio hecho sobre la población trans en la ciudad de Buenos Aires. “Además, muestra cómo el propio colectivo trans pasó de la victimización a la acción política”, agregó.
En este sentido, en el camino hacia la nueva ley, la estrategia del activismo por la diversidad sexual tuvo un gran acierto al poner el foco en la identidad más que en la sexualidad, aseguró el investigador Mauro Cabral. “En Argentina, el derecho a la identidad tiene un peso normativo importante. Es un derecho que no está en discusión”, afirmó. Para él, que las personas trans sean encasilladas como población vulnerable conspira contra su status de sujetos políticos y de derecho: “Teníamos algo que decir, más allá de la victimización”.
La implementación de la ley, advirtió Cabral, no va a ser fácil. “Como todos los temas relacionados con la sexualidad, éste choca contra el sistema médico y jurídico, que es conservador y autoritario. Este es el desafío que tenemos por delante”, observó.

viernes, 20 de abril de 2012

MUTILACION GENITAL FEMENINA

egún Amnistía Internacional, casi 140 millones de mujeres en el mundo han sufrido la mutilación de sus genitales. Alrededor de 8 mil niñas y adolescentes al día y 3 millones al año. Razones culturales y religiosas son esgrimidas para esta práctica que desde sus orígenes tuvo como objetivo controlar la sexualidad femenina.
“Cuando supe cómo estaba, no pude entender por qué a mí. Cuando dejé mi país y comencé a compararme con otras mujeres, sentí rabia, indignación”. Ésta es la voz de una mujer africana que, aunque activista en contra de la mutilación genital, no quiere ser identificada. Se avergüenza de ser y sentirse “una mujer incompleta”.
Según UNICEF, “la ablación o mutilación genital femenina (MGF) es una forma de violación de los derechos humanos”. Se realiza en 28 países de África, en varios de Asia —como la India, Indonesia, Irak e Israel—, y entre algunos inmigrantes de estos países en Europa, América del Norte y Australia. En menor medida, también en Latinoamérica, entre algunas tribus amazónicas de Colombia y el Perú.
En el 2007 se detectaron casos en la selva colombiana, en la tribu de los emberá chami. Algunas niñas de esta etnia murieron debido a las infecciones contraídas por la falta de asepsia en las intervenciones.
Según declaraba el 2010 Esmeralda Ruiz, asesora de género y derechos del Fondo de Población de las Naciones
Unidas (UNFPA), “luego de años de trabajo, los emberá chami entendieron que la ablación violaba los derechos
a la vida, la integridad y la salud de las mujeres y se han comprometido a dejar de practicarla”. Se estima que cada
año morían entre tres y cuatro niñas de esta tribu a causa de la extirpación del clítoris.
La renuncia de los emberá chami a la ablación está recogida en el documento Proyecto Emberá-Wera, elaborado
por el UNFPA, y pese a haber logrado que la etnia renuncie formalmente a esta práctica, el documento señala: “Aún falta camino por recorrer para garantizar que todas las niñas y mujeres Emberá, en el resto del país, gocen de la integridad de sus cuerpos y de su territorio”.
Mutilar para controlar
La ablación normalmente es realizada por mujeres de la comunidad que por generaciones se dedican a esta labor:
mutilan y luego cosen la vagina de las niñas y adolescentes para garantizar su virginidad hasta que sean dadas
en matrimonio. Cuando eso ocurra, otra de estas mujeres, o el propio marido, las abrirá con un cuchillo y les
dirá que tienen que tener relaciones sexuales inmediatamente para evitar que el orificio se vuelva a cerrar. Todas
estas intervenciones se hacen sin utilizar anestesia.
En las zonas donde se practica la MGF se aducen razones religiosas. La mayoría de países que la realizan son musulmanes y no se ha encontrado ningún texto del Corán en donde se hable de la ablación; lo que sí se ha hallado son momias egipcias del siglo II a. C. mutiladas, lo cual también hace dudar del origen religioso de la práctica, dado el escenario politeísta de esta cultura.
Según manifiesta nuestra activista, se mutila por razones más terrenales: “Nos mutilan por pura ignorancia y machismo. Según los mayores, esta práctica se comenzó a realizar cuando los hombres se iban a la guerra y hacían cortar el clítoris de sus esposas y coserlas para evitar infidelidades.”
La MGF es de cuatro tipos; la más leve comporta la amputación total o parcial del clítoris. Luego está la que, además, extirpa los labios menores. El tercer tipo es la infibulación, que es la más radical de las que usualmente se realizan, pues comporta la extirpación del clítoris, de los labios menores y mayores y de parte del útero; además, la obertura vaginal es cosida con fibras vegetales, alambre o hilo de pescar, dejando únicamente un orificio para que salga la sangre menstrual, pues la uretra también queda tapada por la costura.
El cuarto tipo es bastante inusual; consiste en la punción, perforación o incisión del clítoris y/o de los labios vaginales, estiramiento del clítoris y/o de los labios, cauterización del clítoris y del tejido circundante o corte de la vagina e introducción de sustancias y de hierbas corrosivas para causar el sangrado con la finalidad de empequeñecer el canal vaginal.
Consecuencias
Las mujeres mutiladas sufren, entre otras cosas, de constantes infecciones vaginales. Al ser obstruida la uretra, miccionan por segunda intención quedándoles siempre sedimentos de orina que les ocasionan constantes problemas de hongos. Si estas infecciones prosperan y llegan al útero, son causas de infertilidad irremediable. Recientes estadísticas clínicas demuestran que la MGF causa otros daños irreparables, como el contagio del VIH-sida, o la hepatitis.
“Hace 20 años comencé a toparme con niñas africanas, que venían a mi consulta con infecciones de orina. La primera que examiné tenía los genitales cosidos. Le pregunté a la madre qué le había pasado y me dijo que le habían cortado el clítoris y los labios menores, y que en su país hacían eso a las niñas para purificarlas, que era como circuncidarlas.”
Desde ese momento la pediatra catalana Inma Sau ha hecho un largo camino en el tema de la ablación, y sabe que no se trata de una circuncisión: “La ablación amputa parte de un órgano; la circuncisión corta un trozo de piel. En el primer caso la mujer mutilada pierde sensibilidad y su vida física y sexual se ve afectada; en el segundo, el hombre no pierde nada”.
Un estudio publicado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) también ha revelado que la MGF se asocia
además a una mayor probabilidad de sufrir problemas durante el parto y de perder al bebé.
Las mujeres mutiladas normalmente dan a luz mediante cesáreas. Por haber tenido los genitales cerrados durante años, tienen vaginas menos flexibles, lo cual las hace firmes candidatas a sufrir más episiotomías y hemorragias profusas posteriores al parto. La episiotomía es la realización de una incisión quirúrgica en la zona del perineo femenino que amplía la abertura vaginal para facilitar la salida del feto.
Asimismo, la tasa de mortalidad de los bebés de mujeres mutiladas es mucho mayor y el nivel de complicación  mortalidad aumenta según la extensión y la gravedad de la ablación. En el continente africano la práctica de la mutilación ocasiona entre 10 y 20 muertes más —de bebés— por cada 1.000 partos.
A partir del primer caso que atendió la pediatra Sau, trabajó prestando más atención al colectivo africano.  Cuando les preguntaba a las madres por qué mutilaban, decían que eso lo decidían los hombres; y cuando hablaba con los padres, decían que era cosa de mujeres.”
En los años 90, debido a la gran cantidad de inmigrantes africanos en Cataluña, los jefes religiosos musulmanes
de este colectivo llevaron hasta tierras mediterráneas a una mujer que se dedicó a recorrer todas las provincias de la comunidad autónoma mutilando a las niñas de familias africanas nacidas en territorio español.
“Dos niñas fueron ingresadas en los servicios de urgencias porque se desangraban. Los padres dijeron que las había mutilado una mujer que había venido de su país. Fue identificada pero huyó antes de que la pudieran capturar. El mal que hizo fue terrible, pero también nos empujó a trabajar por lograr una legislación que protegiese a las posibles víctimas”, manifiesta la doctora Sau.
Cuándo y cómo
La MGF se practica desde los primeros días de vida hasta la adolescencia. Siempre marca el paso ritual de una etapa a otra de la vida; a las recién nacidas se hace como parte del rito del bautizo, y cuando son adolescentes representa el paso de la niña a la mujer que ya es apta para casarse, entre los 13 y los 15 años de edad.
En el último caso las niñas son aisladas de su comunidad y les cortan el cabello; así, cuando vuelvan a sus casas sus familiares y amigos sabrán que son nuevas personas. Luego son preparadas para la ceremonia especial: “la mutilación”.
“Yo estudié en un internado en Kenia hasta los 14 años. El día que volví a casa, en mi comunidad celebraban una fiesta. La gente cantaba, bailaba, bebía y comía por las calles. Le pregunté a mi madre qué pasaba y me dijo: ‘Celebran que vas a convertirte en mujer’.”
Para Agnes, la vuelta a casa iniciada con ilusión acabó de forma brutal en menos de 24 horas: “Crecí odiando la mutilación. El dolor es inimaginable y no se cura al cicatrizar la herida.”
A la niña que volvía del internado la bañaron al amanecer; entre dos mujeres la cogieron una por cada pierna mientras le aplastaban el vientre para inmovilizarla. Luego, sin anestesia, la matrona cogió su cuchilla y le cortó el clítoris y los labios menores. Le dijeron que la sangre que manó de su cuerpo era impura. La limpiaron con su propia orina y la cosieron.
En algunas etnias, la MGF representa la purificación. Otros grupos creen que las mujeres nacen endemoniadas y
les cortan el clítoris para extirparles “el mal”. También están los que afirman que cuando una mujer da a luz, si la criatura toca el clítoris de la madre morirá en el acto. La mujer solo tiene valor en tanto esposa y reproductora.
Las etnias que practican la MGF también creen que las mujeres que no están mutiladas son sucias, y se les prohíbe la manipulación del agua y de los alimentos. En África, también se realiza esta práctica por motivos estéticos, ya que consideran los genitales femeninos muy voluminosos y carentes de belleza.
Según los mayores, esta práctica se comenzó a realizar cuando los hombres se iban a la guerra y hacían cortar el clítoris de sus esposas y coserlas para evitar infidelidades.
Delito de lesiones
Desde el año 2003 Cataluña es la primera comunidad en España y Europa en la que el tema de la MGF es abordado mediante un protocolo de trabajo conjunto entre varios sectores (Salud, Educación y Justicia); el objetivo es evitar que se mutile a las niñas africanas residentes en territorio español. Además, desde el 2005 se ha logrado que la práctica sea perseguida extraterritorialmente.
Desde los servicios de salud y los colegios se trabaja en estrecha colaboración: en cuanto alguna niña se encuentra en peligro potencial, los padres son citados e informados de las nefastas secuelas de la ablación y de las consecuencias legales que sufrirán en caso de que sus hijas sean mutiladas.
La MGF está considerada en Cataluña como un delito de lesiones, pues un ataque contra la integridad física de la persona y se castiga con penas que van de 6 a12 años de prisión”. Esta condena también puede ir acompañada de “[…] 10 años de inhabilitación para el ejercicio de la potestad, la tutela o la guarda de la menor”.
En noviembre del 2011 fueron condenados a 6 y 2 años de prisión los padres de una niña a la que sacaron de territorio español y la mutilaron en Gambia. Esta pareja es la primera que cumple condena por esta práctica, si bien es cierto hay denuncias realizadas en la década de los 90. En ese momento los padres aducían causas culturales: se trataba de familias acabadas de inmigrar y que por falta de información no eran conscientes del mal que les infligían. 
Si non è vero è ben trovato
Este protocolo tiene origen en un papel lleno de sellos que en 1992 la doctora Sau se inventó para evitar la utilación de tres niñas. “A mi consulta vino una madre africana. Yo trataba a sus tres hijas. La mujer me comunicó que se iban a África porque las niñas tenían que ser mutiladas. Le expliqué lo que eso comportaba y ella me contestó que no podía hacer nada, que era su marido quien decidía.”
La pediatra citó al marido y él le explicó que en cuanto llegaran a su país, su madre, la abuela de las niñas, las
haría mutilar y él por sí solo no podría hacer nada. “Así que me fui por todo el hospital y recolecté todos los sellos
que pude, los estampé en un papel membretado y escribí una nota en la que decía que esas niñas salían intactas del territorio español y debían regresar igual, si no el padre sufriría consecuencias legales.”
Un mes después las niñas estaban de vuelta en España, y luego de revisarlas la doctora Sau comprobó que no las habían mutilado. Al ver el efecto positivo del seudodocumento, la pediatra realizó sendas cartas selladas para todo aquel que abandonaba el país rumbo a África llevándose a sus hijas.
Yo no era una mujer completa
Tiene 41 años de edad, se llama Aisa y es de Senegal. La mutiló su abuela a los 7 días de vida, cuando celebraban
su bautizo. Es la segunda de 8 hermanas, 4 de las cuales están mutiladas. Las más pequeñas se salvaron porque
sus padres se informaron sobre el tema y se dieron cuenta de que eso no era bueno para sus hijas.
“Hace 15 años que la ablación no se practica oficialmente en mi país. Hay solo dos clases de personas que la continúan realizando: los ignorantes y las mujeres que siempre se han ganado la vida de esa manera y siguen
asustando a las familias con el demonio para que continúen mutilando a sus hijas y no quedarse sin trabajo.”
Aisa no era consciente de que ella hubiera sido mutilada. “Un día fui a visitar a una amiga y en su casa hacían una fiesta. Yo no sabía por qué. Cuando le pregunté qué celebraban, me dijo que la habían mutilado. Sentí mucha pena y lloré por ella. Aún no sabía que yo estaba igual.”
Cuando llegó a la adolescencia, Aisa comenzó a descubrir que algo no iba bien: “Una compañera del colegio me dijo que le picaban los labios de la vulva, y yo pensaba qué labios, de qué habla. Y fue así como comencé a investigar por mi cuenta; busqué respuestas en los libros de Anatomía y me vi diferente”.
Los padres de Aisa nunca le explicaron lo que le habían hecho de pequeña. “Yo no he hablado nunca del tema con
nadie de mi familia. El tema del sexo en África es tabú, y más con la familia.” A los 14 años Aisa tuvo su primer periodo menstrual y comenzó a sufrir más infecciones provocadas por la orina. Fue a la ginecóloga y ella le confirmó sus sospechas: “Fue un periodo muy duro y me di por vencida; no luché porque vi que las demás mujeres estaban igual y sobrevivían”.
Con 31 años de edad, Aisa abandonó Senegal en busca de nuevos horizontes. Llegó a Madrid y allí tuvo que ir al médico por otra de sus constantes infecciones de las vías urinarias. Cuando la ginecóloga la vio, llamó a otra doctora: “Ambas se pusieron a cuchichear mientras me miraban los genitales y yo me sentía como un monstruo”.
Cuando comenzó a tener una vida sexual activa, Aisa sentía vergüenza: “Lo hacía a oscuras. No quería que me vieran. Y como me habían mutilado de muy pequeña, era casi imperceptible. A veces disfrutaba y a veces fingía, pero sobre todo quería que me percibieran como una mujer normal”.
Según Aisa, los hombres tienen relaciones sexuales placenteras con una mujer mutilada porque “las encuentran
más cerradas, pero muchas de las mujeres son absolutamente insensibles y cada vez que tenemos sexo sufrimos dolor, así que a la larga los hombres se van con una que no está mutilada, porque llegan a aburrirse de estar con una mujer que no siente nada”.
Hace tres años Aisa se trasladó a vivir a Barcelona y tuvo otra infección de orina. En la consulta del ginecólogo se desmontó: explicó su necesidad de ser ‘normal’, de sentirse ‘completa’, y dijo que estaba a punto de viajar a Francia para ver si la podían operar.
El ginecólogo le informó que, en Barcelona, un médico de la clínica universitaria Dexeus realizaba reconstrucciones de clítoris. “Me dieron el número de teléfono de la primera mujer que se había sometido a
la intervención. Ella me explicó que sus genitales habían quedado como si no hubiera pasado por la mutilación,
y que funcionalmente sentía como una mujer ‘normal’.”
Después de un mes Aisa fue operada y, según sus propias palabras, ahora es una mujer feliz. “He recuperado toda la sensibilidad. Disfruto plenamente del sexo y me siento una persona normal, completa; ahora me siento absolutamente segura como mujer.”
Pero hay mujeres que luego de la operación manifiestan que aunque sus genitales han recuperado su apariencia, ellas están igual que antes. A esas mujeres no solo les cerraron la vulva, dice Aisa: “Además, les han cerrado la libido”.
Siempre hay esperanza
Reconstruir la vida de una mujer mutilada no es tarea fácil. Por eso el responsable del Programa de Reconstrucción Genital Post Ablación de la Fundación Dexeus, el doctor Pere Barri Soldevilla, dice que ésta es una tarea que no acaba con la cirugía.
En el 90% de los casos los genitales femeninos recobran su aspecto original. “Luego de confrontarse con la mujer occidental, la mujer africana sometida a la mutilación sufre un golpe letal en su autoestima. La recuperación de sus genitales las ayuda a recuperarla.”
La intervención es gratuita y la financia la Fundación Dexeus, que se nutre del apoyo económico de entidades y particulares. Dura una hora y las mujeres solo pasan una noche en la clínica, así que muchas de ellas —para evitar el rechazo familiar— se operan in informarlo.
“La cirugía es una técnica adaptada de la que se aplica para el alargamiento del pene. El clítoris es un órgano de unos 10 cm de largo, la mayor parte de los cuales se encuentran en el interior de la vagina. Lo que hacemos es coger lo que queda del clítoris y desinsertarlo del ligamento que se ancla al hueso y dejarlo lo más externamente posible”, explica el doctor Barri.
La reconstrucción del clítoris, además de recuperar el aspecto estético, ayuda a que la mujer recupere la funcionalidad sexual en un porcentaje muy elevado. Según las cifras del equipo médico comandado por el doctor Barri, luego de operadas el 75% de las mujeres recuperan la capacidad objetiva de excitarse; de éstas, el 40% llega a tener orgasmos siempre que quiere, y un 30% los tiene parcialmente, es decir, no siempre que lo desea.
Lamentablemente, esta técnica aún es irrealizable en los países donde se practica la MGF. Los cirujanos que se han arriesgado a hacerlo han visto sus vidas amenazadas; además, la mayoría de mujeres que se han sometido a la reconstrucción han sido luego rechazadas por sus familias.
Epílogo
En el siglo XIX, en Europa también se mutilaba a las mujeres que padecían de histeria o de enfermedades nerviosas. Desde el principio de los tiempos el dominio sobre la mujer se ha ejercido de diferentes maneras
y unas han sido más brutales que otras. Lo que nadie sabe a ciencia cierta es desde cuándo mutilar a las mujeres
se convirtió en una costumbre normalizada por algunas sociedades.

EL FEMINICIDIO YA TIENE MEDIA SANCION

La incorporación al Código Penal de los delitos en los que media la violencia de género y los crímenes de odio contra gays, lesbianas y personas trans obtuvo ayer media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación. La iniciativa consiguió un respaldo total, 204 votos a favor y una abstención, y plantea agravantes que llevan las penas a prisión o reclusión perpetua a homicidios que solían atribuirse “a los celos y se definían como crímenes pasionales o de emoción violenta”, remarcó la diputada oficialista Silvia Risko. Durante el debate hubo coincidencia sobre la necesidad de acciones preventivas desde el Estado porque la respuesta penal llega siempre tarde, cuando ya ocurrió la muerte. “Lo que sigue es quitarles la patria potestad a los hombres que hayan matado a sus parejas”, propuso la diputada radical María Luisa Storani.
La iniciativa comenzó a tratarse ayer a las 19, luego de una peleada sesión por el articulado de la ley de reforma política. El diputado del Frente para la Victoria y titular de la Comisión de Legislación Penal, Oscar Albrieu, arrancó el debate marcando tres tipos de “femicidios”, aunque esa palabra no aparece en el proyecto: el íntimo o perpetrado por un conocido; el público, en el caso del asesinato motivado por el género, y el vincular, cuando “se mata a un familiar para castigar a la mujer”.
En el primer caso, se pena con perpetua “al que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, o a la persona con quien mantenga, haya mantenido, o haya infructuosamente pretendido iniciar una relación de pareja”. Hubo, tras la votación, un intento del diputado del PRO Federico Pinedo de incluir la palabra “estable” cuando se habla de pareja y fue descartado con abucheos. Tampoco se toma en cuenta si hubo o no convivencia al imponer la pena. Además, se incluyen como agravantes: “Placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.
El tipo penal es amplio en el segundo caso descripto por Albrieu, ya que se considera “un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”. El asesinato de un familiar “para causar daño psicológico” a una pareja o ex pareja también se considera agravante. Había sólo 79 presentes cuando este diputado terminó su exposición. “Es evidente que algunas reformas son más atractivas que otras para algunos legisladores, aunque ameriten nuestra atención”, dijo al respecto Risko, en medio de los aplausos de los pocos presentes.
“La mujer no es propiedad de nadie, de ningún hombre. Puede que a cualquier víctima la haya matado la última trompada, pero seguramente antes vivía en la indiferencia. Por eso es necesario que se implementen recursos para las políticas de prevención”, exigió esta diputada, titular de la otra la comisión que intervino: Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia. La diputada del Frente Amplio Progresista Victoria Donda coincidió con el diagnóstico y sumó otra crítica: “Cada vez que hablamos de problemática de género nos dan un minuto y medio para exponer, no me parece casual”.
El poco tiempo se debió a la rigidez del nuevo presidente de la Cámara, Julián Domínguez: el debate anterior había durado seis horas. Donda leyó las cifras obtenidas de la prensa por la Asociación Casa del Encuentro: “En 2009 hubo 231 femicidios, 68 eran ex parejas, novios o esposos y existía denuncia policial previa. En 2010 fueron 260 muertes y 282 en 2011”. El diputado del GEN Gerardo Milman, uno de los autores de los 15 proyectos que se presentaron en comisiones, señaló que esta reforma va a permitir hacer estadísticas con casos “que antes eran invisibles para la Justicia”. Laura Alonso, del PRO, evaluó que la inclusión del femicidio es un reflejo de la desigualdad imperante. “Voy a celebrar el día en que deroguemos esto porque habrán triunfado el respeto por la mujer y las libertades individuales”, dijo. Durante el debate se mencionó la cosificación sexual palpable en la televisión y la tardía incorporación de la posibilidad del ligamiento de trompas de Falopio, recién en 2006, como signos de la opresión sobre el cuerpo de las mujeres. “Y también hay que discutir otra violencia, la de la prohibición del aborto”, arrimó Jorge Cardelli, de Proyecto Sur.
Por otra parte, varios legisladores oficialistas y de la oposición reclamaron fondos para implementar el Plan Nacional integral para la erradicación de la violencia de género, aprobado en 2009. También hubo un reconocimiento de Carlos Comi, diputado de la Coalición Cívica, a las organizaciones sociales que impulsaron el debate. “Ojalá los diarios y la televisión nos den tanto espacio como a los hechos de violencia que ocurren a las mujeres, como el caso de Wanda Taddei”, agregó.
Luego de dos horas de debate, a las 21, hubo quórum. El clima era de tanto acuerdo que el jefe de la bancada oficialista, Agustín Rossi, consiguió media hora después que se votara el proyecto en general y en particular de una sola vez.

jueves, 15 de marzo de 2012

ABORTO NO PUNIBLE - FALLO CSJN - 3 opiniones

Mabel Bianco *


“Un fallo claro y oportuno”



“Estoy encantada de que la Corte Suprema haya hecho un fallo tan claro y oportuno, que permite superar un planteo sobre el derecho a vivir. El fallo no significa un cambio de la ley, pero es muy bienvenido porque busca superar la discusión sobre la interpretación del artículo 86, inciso b, del Código Penal. Esto no va a obligar a ninguna mujer a interrumpir un embarazo si no quiere hacerlo, pero sí permitirá que las mujeres, de cualquier edad y condición, que hayan sido violadas si eligen interrumpirlo puedan hacerlo en forma legal en un hospital público, sin poner en riesgo su vida y su salud. El fallo recomienda al Estado cumplir, dar asistencia integral a las víctimas de una violación, es decir, tanto asesoramiento legal y psicológico que le permita superar una situación tan traumática como ésta. Les toca a los ministerios de Salud de la Nación y a las provincias garantizar estas prácticas médicas permitidas por la ley.”



* Presidente de FEIM.



Stella Maris Martínez *

“Es sumamente ejemplificador”



“Este es un fallo sumamente esperado y ejemplificador, por el cual se resuelve que el aborto no punible, con respecto a lo establecido en el artículo 86 inciso b del Código Penal, abarca a todas las mujeres violadas. El Código Penal era claro en mujeres víctimas de violación con problemas mentales; a partir de ahora no se limitará tan sólo a ello. Con ello, ya no será necesaria una denuncia de la víctima, sino que a partir de una declaración jurada de la mujer dejando constancia de su violación, los profesionales que la asistan podrán efectuar la práctica sin tener responsabilidad penal. Para ello, los poderes públicos deberán garantizar la prestación de un servicio de salud que garantice la interrupción eficaz y segura del embarazo. Además, a partir de esta iniciativa, los jueces tendrán la obligación de no implementar trabas burocráticas para hacer posible el derecho al aborto en casos de violación.”



* Defensora General de la Nación.



Gastón Chillier *

“Una decisión importantísima”



“Para el CELS el fallo de la Corte disipa cualquier interpretación errónea sobre el aborto no punible y deja claro que las mujeres violadas tienen el derecho a abortar sin que exista otra condición, como la de tener discapacidad mental, para llevar adelante esta práctica. El que las mujeres víctimas de una violación recurran a un aborto, sin previa autorización judicial, es una decisión importantísima del máximo Tribunal que concierne dos puntos muy claros: uno dirigido a los jueces, quienes no podrán usar el Poder Judicial para obstaculizar el derecho de la mujer a abortar; el otro punto relevante de este fallo es que exhorta a los Ejecutivos nacional y provinciales a implementar protocolos, información pública, y a destinar recursos económicos y toda la estructura necesaria para hacer efectivo este derecho. Es, sin duda, un fallo que busca defender y proteger el derecho de la mujer.”



* Director Ejecutivo del CELS.

ABORTO NO PUNIBLE - FALLO CSJN

“Lejos de estar prohibido”, el aborto “está permitido y no resulta punible” cuando “el embarazo es consecuencia de una violación”. Vale para toda mujer. Es un derecho que se debe interpretar en forma “amplia” y sin distinciones “discriminatorias” que lo limiten a quienes padecen una discapacidad mental. Interrumpir la gestación producto del abuso sexual tampoco requiere ninguna clase de autorización judicial ni trámite burocrático. Así lo estableció la Corte Suprema, finalmente, en un fallo que aclara que ésa es la única interpretación posible del Código Penal y advierte que cualquier otra que intente obstaculizar el acceso al aborto no punible sólo pone a las mujeres en una nueva situación de “violencia”, pero “institucional”. El tribunal exhortó a funcionarios de la Justicia y médicos a dejar de judicializar estos casos, una “práctica” que calificaron tanto de “innecesaria e ilegal” como “cuestionable porque obliga a la víctima del delito a exponer públicamente su vida privada y es también contraproducente porque la demora que apareja pone en riesgo tanto el derecho a la salud de la solicitante como su derecho al acceso a la interrupción del embarazo en condiciones seguras”. La resolución conmina a las autoridades nacionales, provinciales y porteñas a aplicar “normas de alto nivel” y “protocolos hospitalarios” para atender “abortos no punibles y para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual”.




La sola mención de la palabra “aborto” fue tabú en la Corte años atrás, antes de su renovación en 2003. Si emergía, aparecía teñida de creencias religiosas, valores culturales o principios morales. La misma lógica que ha hecho que durante décadas la respuesta tanto del sistema de salud como de los tribunales haya sido introducir a las embarazadas víctimas de violencia sexual en laberintos judiciales interminables tendientes a agravar sus circunstancias más que a ampararlas. Ahora el alto tribunal decidió despojar el tema de esos condimentos y “fijar una doctrina” que resuelva “cómo interpretar el Código Penal”, explicó ayer el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, al presentar en sociedad el fallo, que pidió despegar de la discusión por la despenalización del aborto en general (ver aparte). La decisión fue unánime en sus resultados generales, aunque dos jueces –Enrique Petracchi y Carmen Argibay– hicieron votos aparte, más acotados.



“Hay una secuencia extendida de casos a lo largo y lo ancho del país que le dan al tema una gravedad institucional que requiere solución”, enfatizó Lorenzetti. La judicialización de los abortos no punibles, dijo ante periodistas, “afecta los derechos de la mujer” y muestra que “el sistema no está funcionando bien”, evaluó. Con este diagnóstico, explicó, la Corte decidió admitir como caso testigo el de A. G., una adolescente de Comodoro Rivadavia que fue violada por su padrastro cuando tenía 15 años. Su mamá optó por llevar el pedido de aborto a la Justicia para que se hiciera en un hospital público de modo de resguardar muestras genéticas que sirvieran para probar la violación. En la Justicia penal, juez y fiscal se declararon incompetentes, el fuero de familia rechazó la petición en primera y segunda instancia y, cuando el embarazo de A. G. ya tenía 20 semanas, la Corte Suprema de Chubut dio vuelta el enfoque y ordenó encuadrar el reclamo como un aborto no punible. Aunque descartó la necesidad de autorización, la firmó para saldar una polémica que se estiraba mientras la joven “presentaba síntomas depresivos” e “ideas suicidas” ante un “embarazo” que avanzaba y era “vivido” por ella como “un evento extraño, invasivo”.



El aborto se hizo el 11 de marzo de 2010. Pero un asesor general subrogante de la provincia recurrió a la Corte invocando “derechos del niño por nacer” y con el argumento de que el aborto sólo podía autorizarse si la víctima era “idiota o demente”, según su interpretación del inciso 2 del artículo 86 del Código Penal, la misma que suelen aplicar muchos de sus colegas y jueces. Para la Corte, la historia de A. G. es “susceptible de repetición”. No importa si el aborto ya se hizo. Por la controversia jurídico-histórica, a otras mujeres les podría pasar lo mismo. “Queremos evitarlo”, dijo Lorenzetti. Además precisó que la Argentina fue observada por organismos internacionales, entre ellos el Comité de Derechos Humanos de la ONU y el Comité por los Derechos del Niño, e intimada a eliminar los escollos que impiden el acceso a abortos no punibles. Omitir el tema puede “comprometer la responsabilidad del Estado Argentino”, admite el fallo.



El voto de la mayoría de los jueces supremos tiene dos ejes:



- Uno define los alcances del inciso 2 del artículo 86 del Código Penal, que fija que no es punible el aborto si el embarazo es producto de una violación “cometida sobre una mujer idiota o demente”. Para la Corte la única distinción que hace la ley es que quien sufre una discapacidad mental necesita que alguien lo represente para consentir la intervención médica. Cualquier otra lectura, dicen los jueces, es una “distinción irrazonable de trato respecto de toda otra víctima de análogo delito” cuando, además, la obligación estatal es proteger a todas las víctimas de la violencia sexual. “La pretensión de exigir a toda otra víctima de un delito sexual llevar a término un embarazo, que es la consecuencia de un ataque contra sus derechos más fundamentales, resulta, a todas luces, desproporcionada y contraria al postulado (...) que impide exigirles a las personas que realicen, en beneficio de otras o de un bien colectivo, sacrificios de envergadura imposible de conmensurar”.



“No es punible toda interrupción del embarazo que sea consecuencia de una violación con independencia de la capacidad mental de su víctima”, despeja la Corte en forma contundente. Para desarticular el planteo del asesor tutelar chubutense, los jueces supremos dicen que ni la Constitución ni los tratados de derechos humanos que suscribe el país –y en que él se basa– prohíben la realización de abortos frente a embarazos producto de una violación sino que, al contrario, impide castigarlos en función de los principios de igualdad, dignidad y legalidad. Tampoco dicen nada del derecho a la vida o los abortos en general. En esa clave amplia dice que hay que leer el artículo 86 (que precisa los permisos para abortar), cuya vigencia y constitucionalidad ratifica.



- El otro eje alude a las consecuencias palpables de la judicialización de abortos no punibles a través de la exigencia de una autorización judicial. “Se sigue manteniendo una práctica contra legem (contra la ley) fomentada por los profesionales de la salud y convalidada por distintos operadores de los poderes judiciales nacionales como provinciales (...) exigiendo allí donde la ley nada reclama requisitos tales como la solicitud de una autorización para practicar la interrupción del embarazo producto de una violación, lo que termina adquiriendo características intolerables a la luz de garantías y principios constitucionales”. En este punto el tribunal cuestiona que queda expuesta “la vida privada” de la víctima y se pone en riesgo el “derecho a la salud” y a un aborto “en condiciones seguras”.



La Corte es taxativa: a una mujer que pide acceder a un aborto en esas circunstancias no se le puede pedir autorización alguna de un juez. Basta con que firme una declaración jurada que consigne ante el médico la situación de abuso, ni siquiera es imprescindible que haga una denuncia penal (ver aparte). De lo contrario la Justicia estaría interponiendo, dice la resolución, “un vallado extra” y “entorpece una concreta situación de emergencia sanitaria”. “Este tribunal –afirma el fallo– se ve en la necesidad de advertir a los profesionales de la salud la imposibilidad de eludir sus responsabilidades profesionales” y “recuerda a los operadores de los distintos poderes judiciales del país que”, según las excepciones del Código Penal, “es la embarazada que solicita la práctica, junto con el profesional de la salud, quien debe decidir llevarla a cabo y no un magistrado a pedido del médico”.

miércoles, 22 de febrero de 2012

VIOLENCIA DE GENERO - DONDE PEDIR AYUDA

En la ciudad de Buenos Aires:




- Línea 137. Brigada Móvil de Atención a Víctimas de Violencia Familiar, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.



- 0800-6668537 (Gobierno de la Ciudad).



- Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema. Lavalle 1250



- Asociación Civil La Casa del Encuentro. Av. Rivadavia 3917. 4982-2550 / 15-59384357.



- Lugar de Mujer. 4961-8081.



- Dignas de Ser. 4431-7315. En la provincia de Buenos Aires: Línea 911.



- Fundación Propuesta (Remedios de Escalada): 4241-9065

miércoles, 1 de febrero de 2012

El HOLOCAUSTO y Pagina/12 El humor perverso del prejuicio Por Santiago Kovadloff

Quienes cultivan el empeño en negar la Shoá suelen ser los mismos que no vacilarían en volver a propiciarla. Abundan los ejemplos al respecto. Y Mahmoud Ahmadinejad es sólo uno de los más recientes.
Tienen los negacionistas, cuando pretenden desmentir la índole de la muerte sembrada por los nazis entre los judíos, un elemento esencial a su favor: lo que tuvo lugar –la Shoá– fue algo verdadero pero no por eso verosímil.
La inmolación de seis millones de personas mediante un procedimiento fabril altamente sofisticado como fue el de las cámaras de gas y la ulterior industrialización de sus despojos, no cabe en la cabeza de nadie y en eso consiste el considerable capital con que cuentan los entusiastas del exterminio de los judíos. No siempre lo real es concebible y en este caso, no lo es.
Precisamente, lo que la realidad propone como algo inelaborable para el entendimiento normal puede transformarse rápidamente en falso, a fuerza de resultar inimaginable y, más profundamente aún, en inaceptable. La judeofobia ulterior al nacionalsocialismo alemán explota con habilidad esa resistencia a admitir como cierto lo siniestro. Y de esa resistencia sabe extraer nuevas oportunidades para diseminar su antiquísimo desprecio.
Ya se sabe hasta dónde el malhumor, es decir ese humor que asienta su prosperidad en la subestimación del prójimo y en la caricatura brutal de sus rasgos y valores distintivos, contribuyó a afianzar el odio hacia los judíos, por lo menos desde la Edad Media hasta el presente. Y del presente, justamente, forma parte este nuevo aporte que al amplio patrimonio antijudío realiza Gustavo Sala.
Nadie, en su sano juicio, puede asentar su sentido del humor en el tratamiento criminal que recibieron en los campos las víctimas del nazismo. Pasar por sobre el valor sagrado que debe revestir su memoria implica darle la espalda a una de las expresiones más radicales, si no la más radical, del ultraje del hombre por el hombre. El hecho es impúdico. El hecho es humillante. El hecho es incalificable. Mucho más en un país como el nuestro donde los mal llamados desaparecidos suman miles junto a las víctimas del terrorismo que se quiso revolucionario.
Es sorprendente, por no decir aterrador, que un periódico como Página/12 que se dice comprometido con el sostenimiento de la lucha por los derechos humanos, le franquee su puerta a una propuesta vergonzosa como lo es la historieta de Gustavo Sala.
Hay errores que no lo son. Hay errores que no pueden ser propuestos como errores. Son transgresiones. Son violaciones. Son actos de irresponsabilidad injustificables. No hay inocencia en quienes autorizan su difusión como no la hay tampoco en quienes orientan su creatividad del modo nefasto en que lo hizo, en este caso, Gustavo Sala.
Yo no conozco a Gustavo Sala. Pero lo menos que puedo decir de él, tratando de atenuar al máximo su responsabilidad, es que es un ignorante. 
No puedo, en cambio, admitir que esa ignorancia sea compartida por la dirección de Página/12, un periódico que –más allá de las disidencias que con él se tengan en el orden político, como en mi caso, o las coincidencias que promueva, en ese mismo orden, como es el caso de tantos y tantos de sus lectores más entusiastas– se permite proceder como lo haría cualquier pasquín antisemita. Mucho menos cuando se sabe que algunas de sus firmas fundamentales son judías.
Bueno sería que Página/12 realizara una autocrítica profunda sobre su complicidad con Gustavo Sala. No basta con pedir perdón si antes no se despliegan explícita y autocríticamente las razones que se tienen para hacerlo.
El prejuicio sabe sobrevivir a todas las denuncias que de él se hagan. Cambia de forma. Cambia de enunciación. Se enmascara en nuevas “razones”. Nadie lo derrotará nunca definitivamente. Pero es imprescindible vivir combatiéndolo.



*Ensayista y poeta.

miércoles, 21 de diciembre de 2011

FEMINICIDIOS - INFORME

Cuatro mujeres fueron aniquiladas por un varón cercano a la familia en La Plata y un femicidio en La Pampa visibilizó la gravedad de que operadores judiciales no tengan formación en género. La repercusión mediática de estos casos reanimó el reclamo de incrementar las penas en los crímenes de odio contra las mujeres y eliminar la figura de avenimiento. Un grupo de legisladoras atendió este reclamo y dará el debate sobre modificar el Código Penal el año próximo.
Las personas y organizaciones involucradas en la lucha contra la violencia de género coinciden en que un femicida debe recibir una pena ejemplar. Y en que prevenir un femicidio implica que la víctima consiga protección judicial efectiva a tiempo y asistencia médica, legal, piscológica y económica (acceso a una vivienda, estudios, trabajo). Este es el marco en que se debe debatir la incorporación del femicidio al Código Penal y fue estipulado el 29 de noviembre en la primera reunión que convocó la presidenta de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado Sonia Escudero, del Bloque Justicialista 8 de Octubre. Los próximos encuentros se desarrollarán durante el primer semestre de 2012 y el objetivo es discutir unas seis iniciativas sobre la mejor forma de sancionar la violencia machista extrema. Cuatro proyectos son de legisladores nacionales y otros dos de organismos provinciales.
La concurrencia de parlamentarias a la primera reunión fue baja y la mayoría representaba a la Banca de la Mujer. De los siete senadores que integran la Comisión de Justicia y Asuntos Penales ninguno se sumó al debate. Quienes participaron destacaron igualmente que es importante empezar a discutir la reforma del Código Penal para combatir el femicidio, puesto que ya suman 243 las víctimas fatales de esta violencia. El Observatorio de Femicidios en Argentina 'Adriana Marisel Zambrano', de la Casa del Encuentro, en el marco del Día Mundial de la No Violencia contra la Mujer informó que entre enero y octubre de este año hubo 237 casos. La cifra creció un 10% respecto de 2010. En noviembre y diciembre de este año se produjeron la masacre en La Plata y los femicidios de Carla Figueroa en La Pampa y María Ramos en Salta.
La convocatoria de la senadora Escudero fue una respuesta a estas espeluznantes cifras y a la matanza que conmovió al barrio platense La Loma el 27 de noviembre. Cuatro mujeres fueron masacradas y el único imputado es Osvaldo Emir Martínez (27) por el asesinato de su pareja Bárbara Santos, de 29 años. Las otras víctimas fueron la hija de Bárbara Micaela Galle (11), la madre Susana De Barttole (63) y su amiga Marisol Pereyra (35). Los padres de Micaela y Marisol, Daniel Galle y Miguel Pereyra encabezaron el domingo pasado una protesta en Plaza Moreno para reclamar a la justicia una pena ejemplar. Volverán a marchar el domingo 18.
De acuerdo a la legislación penal vigente, existe la posibilidad de encerrar al femicida hasta unos 25 años, que es la pena máxima en caso de homicidio. Es verdad que puede no considerase el  vínculo que el femicida tenía con la víctima como agravante porque el artículo 80 del Código Penal excluye a ex conyugues, concubinos, ex concubinos, novios, ex novios, tíos, vecinos. Pero por otro lado puede endurecerse la condena si se consideran las circunstancias, es decir que el femicida acuchilló y apaleó a conciencia a Micaela, Bárbara, Marisol y Susana.
En este contexto considerar al femicidio un delito penal requiere una discusión exhaustiva y las organizaciones de derechos humanos que reclaman este debate celebran que las parlamentarias tomaran la posta. Uno de los proyectos presentados en el Congreso pertenece al Centro de la Mujer de Vicente López (Buenos Aires), que tiene más de 20 años de experiencia en la temática. En representación del Centro, la abogada penalista Silvia Paola Viqueira explicó que el objetivo es modificar el artículo 80 para tipificar el delito de femicidio como agravante. 'Nosotros proponemos incluir el delito de femicidio agregando el agravante de género. Creemos que si una mujer es asesinada por el sólo hecho de serlo el castigo debe ser mayor, por eso incluimos un inciso sobre un nuevo tipo penal que es por el solo hecho de ser mujer. También agregamos como sujeto al concubino y a cualquier relación de pareja, ya sea presente o pasada para que no haya una discriminación en función al vínculo', detalló la especialista en temas de violencia familiar.

Por su parte, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) apoya la inclusión de más personas en el agravante sobre la relación entre el agresor y la víctima. La directora ejecutiva de ELA Natalia Gherardi explicó que también es posible contener como agravante el crimen de odio al género u orientación sexual. Cabe señalar que estas dos mejoras de la legislación penal fueron planteadas con anterioridad por la diputada nacional Marcela Rodríguez y sin embargo tuvieron que ocurrir más de 400 muertes brutales entre 2010 y 2011 para que el tema finalmente se incluyera en la agenda del Congreso nacional.
Sobre los proyectos que proponen agravar la pena en casos de femicidio, Gherardi advirtió: 'El problema es la constitucionalidad de la figura penal, esto es la descripción de la conducta que es un delito. Tiene que estar claramente determinada. Actualmente el tipo penal es el que matare a otro. Este delito es claro, hay un perpetrador y una víctima. Si incluimos el que mata a una mujer por el hecho de ser mujer en el marco de una relación desigual de poder tendremos que probarlo. Todo lo que una alega tiene que ser probado ya que es una garantía fundamental del derecho penal. ¿Cómo probás las asimetrías de poder? Creo que el problema es la utilización en el derecho penal de una categoría política y de análisis sociológico. Es un salto muy difícil, si no logramos sostenerlo teóricamente corremos el riesgo de erosionar el reclamo legítimo de que a las mujeres las están matando'. Otra preocupación de la directora de ELA es que la tipificación del femicidio en el Código Penal sea una respuesta fácil al problema fatal de la violencia de género, que básicamente requiere de políticas públicas integrales. Esta inquietud también fue planteada en el documento Contribuciones al Debate sobre la Tipificación Penal del Feminicidio/Femicidio de CLADEM.
Según estos testimonios hay posturas diferentes sobre crear una figura penal de femicidio, pero las personas e instituciones involucradas en la discusión insisten en darla porque el silencio es el peor de los escenarios. Especialistas en género como Mabel Bianco, presidenta de la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer, señalan justamente que es importante que la tragedia del femicidio se visibilice. 'A veces leyes muy penalizadoras tienen un impacto contrario al deseado, pero eso no nos libera de hablar y discutir su inclusión en el código penal abiertamente. El silencio o una decisión rápida sin una buena discusión pueden llevarnos a un cambio legal que termine siendo peor o nos obligue a arreglar lo hecho. Abramos el debate y demostremos que el feminicidio es algo específico. Las mujeres son asesinadas en mayor número y son sus parejas o ex parejas quienes las matan con saña', precisó.