jueves, 25 de agosto de 2011

CASO CAROLINA ALO - UNA RESOLUCION MAS QUE CUESTIONABLE

Fabián Tablado (36), el joven que fue condenado por asesinar de 113 puñaladas a su novia, Carolina Aló (16), otra vez consiguió el beneficio de las salidas transitorias. A quince años del homicidio que lo convirtió en un personaje simbólico de la historia criminal argentina, hoy duerme cuatro días por semana en su casa de Tigre, al norte del Gran Buenos Aires. La propiedad está ubicada a 500 metros del lugar dónde vive la familia de la chica que mató .
Según confirmaron a Clarín fuentes del Ministerio de Justicia y Seguridad de la provincia de Buenos Aires, la Sala III de la Cámara Penal de San Isidro concedió el beneficio de las salidas transitorias a Tablado por haber completado dos tercios de la condena a 24 años que le aplicaron en 1998.
El régimen que beneficia al condenado contempla la salida del penal de martes a jueves. Hasta las 18, debe permanecer en el taller de carpintería de su papá –ubicado a 12 cuadras de la vivienda de la familia de Carolina Aló – y luego puede dormir en la casa de sus padres. A 500 metros de allí, el 27 de mayo de 1996 mató a la chica de 113 puñaladas.
Los viernes, Tablado regresa a la cárcel de régimen abierto de Baradero, del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), donde permanece hasta la siguiente salida.
Aunque recién trascendió ayer, esta rutina se repite desde hace tres semanas , según coincidieron fuentes oficiales y el propio padre de Carolina, Edgardo Aló.
“No estoy sorprendido porque la Sala III falla en mi contra por cuestiones personales. Pero Tablado no cambió, no dejó de ser violento y sigue siendo un peligro fuera de un penal ”, aseguró ayer el hombre a Clarín .
Hace tiempo que el condenado viene recibiendo morigeraciones de su condena y traslados a penales cada vez menos severos. Gracias a ello, en 2007 se casó con Roxana , una amiga de su hermana que por entonces tenía 23 años y a la que conocía desde hacía tiempo. Fue en una ceremonia realizada en el penal de Magdalena, que tiene un régimen semi abierto. Hubo una celebración a la que asistieron 50 personas. Luego la pareja tuvo dos hijos.
El padre de Carolina Aló asegura que esa relación tampoco anda bien. “Me aseguraron que tuvo actitudes agresivas y habría amenazado con matarla”, afirmó. Y dijo que sabe de un allegado a la familia del muchacho que la pareja se separó . “A esa chica la usó para obtener más beneficios, fue una estrategia, porque nunca cambió”, denunció ayer.
Tablado había obtenido un primer permiso de salidas transitorias en octubre de 2008 . Esa vez, la Cámara de San Isidro consideró la “buena conducta” del reo y ordenó un “estricto control” a las autoridades del SPB. Entonces, hubo un fuerte reclamo de la familia contra la decisión y un pedido al Ministerio de Justicia para que interviniera.
Así, en noviembre del año pasado el Tribunal de Casación Penal bonaerense revocó aquella decisión de la Cámara de San Isidro . Y pidió que interviniera otro juzgado para analizar las cuestiones procesales del homicida y sus antecedentes en prisión. Tablado pasó por la cárcel de Sierra Chica (de máxima seguridad), por la unidad N° 9, de La Plata, y también por la N° 31, de Florencio Varela.
Ahora, el Tribunal de San Isidro habría resuelto la libertad morigerada de Tablado porque cumplió dos terceras partes de su pena. O sea, pasó 15 de los 24 años preso.
Los padres de Carolina explicaron que van a apelar la decisión de la Sala III de San Isidro. “No se nos dio el derecho de controlar con un perito de parte las pericias psiquiátricas que le realizaron a Tablado . Creemos que los resultados fueron modificados para beneficiarlo. El no dejó de ser violento ni peligroso” se quejó Aló. “Estoy harto de la impunidad. Pero no me importa, vamos a seguir luchando para que pague en prisión por lo que hizo ”, advirtió.

martes, 23 de agosto de 2011

TRABAJO INFANTIL


La Argentina estaba descalzada de las normas internacionales en materia de trabajo infantil y de menores, hasta que en el 2008 la Ley 26.390 prohibió el trabajo en todas sus formas, sean éstas con o sin fines de lucro, a todo menor de 16 años, (art. 189, LCT).
Solo en empresas integradas por la familia se puede admitir el trabajo entre los 14 y los 16 años y por no más de tres horas diarias o quince horas semanales, previa autorización de la autoridad administrativa, (artículo 189 bis LCT). Hasta entonces se admitía el trabajo de menores de 14 años y de 13 en el grupo familiar.
La jornada para mayores de 16 años y menores de 18 años será de 6 horas diarias y 36 horas semanales, admitiéndose 7 horas diarias con distribución desigual dentro de la semana y hasta 8 horas diarias con autorización expresa de la autoridad de aplicación.
En la ampliación la autoridad administrativa deberá verificar que el trabajo no afecta la educación obligatoria, no afecta la moral y las buenas costumbres, y por último, que no puede ni debe afectar su salud física y mental.
Los menores, cualquiera fuera su edad, tienen prohibidas las tareas penosas, peligrosas e insalubres, como las que generan envejecimiento prematuro, (art. 191, 175 y 176, LCT).
En rigor, más del 10% de la población laboral de nuestro país son menores o infantes ilegales, generalmente explotados por alguien de su círculo familiar, en forma sistemática, sea por razones económicas, como es el caso de la mendicidad, sea por razones culturales como la familia que concurre a la vendimia o realiza el circuito de las cosechas en las denominadas migraciones golondrinas.
Por iniciativa empresaria, muchas de estas prácticas se fueron neutralizando, partiendo de la premisa de que no solo eran perjudiciales para el menor en el momento esencial para su desarrollo y su educación.
En cualquier caso, chocaron con innumerables contrariedades, entre ellas, las provenientes de los usos y prácticas regionales, que provienen de tradiciones ancestrales.
En cualquier caso, el Estado procura estar siempre presente. Es por ello que se ha resuelto que: "Corresponde declarar la nulidad de todo lo actuado en el marco de un proceso en el que se solicitó la homologación del acuerdo conciliatorio presentado por las partes, pues, una de ellas era menor de edad y se omitió dar intervención al Defensor de Menores previo al análisis de la cuestión debatida, lo que vulnera el derecho de defensa de aquél"; (Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X, 30/11/2010, "Bianchi, Oscar Rodolfo en representación de su Hija Menor A.T.B.C. c. Carflo S.A." La Ley Online; Cita Online: R/JUR/79193/2010).
La intervención promiscua o conjunta del ministerio pupilar es esencia a cualquier acto transaccional, conciliatorio o resolutorio dentro del proceso administrativo y judicial.
En Entre Ríos se ha desarrollado una importante corriente de protección al menor, que entre otros temas estableció: "El Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos interpuso recurso de apelación contra la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo incoada por el progenitor de un menor discapacitado a fin de solicitarle la cobertura del 100% de tratamiento psicológico, acompañante terapéutico, terapia de fonoaudiología y psicopedagogía.
El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos confirmó el fallo recurrido. Por ende, el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos debe hacerse cargo del costo total de los tratamientos psicológico, de fonoaudiología y psicopedagogía, y acompañante terapéutico, de un afiliado menor de edad y discapacitado, toda vez que éste se encuentra protegido por los Tratados, Convenciones Internacionales y normas constitucionales nacionales y provinciales, en virtud de lo cual sus necesidades y requerimientos prestacionales debidamente prescriptos debían ser atendidos con la mayor premura y con una cobertura del 100%";
La normativa interna de una obra social -en el caso, el decreto ley 5326 que regula al Instituto de Obra Social de Entre Ríos- debe respetar derechos consagrados por normas de mayor rango dictadas con posterioridad y evitar restringir en el ejercicio de sus facultades las prestaciones aseguradas por la ley 24.091, que establece un sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de personas con discapacidad, al cual adhirió la Provincia de Entre Ríos mediante ley provincial 9891, máxime teniendo en cuenta que el derecho a la salud está consagrado expresamente en los arts. 19 y 20 de la Constitución local. (Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos, sala I de procedimientos constitucionales y penal, 30/03/2011, "Gómez, María Liliana en representación de su hijo menor de edad c. IOSPER", La Ley Online; Cita Online: AR/JUR/16403/2011).
Es más, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos, sala I de procedimientos constitucionales y penal, en el caso "Medina, Mónica Liliana en nombre y representación de su hijo c. I.O.S.P.E.R.", 2010/06/21, LLLitoral 2010 (noviembre), 1110, DJ 01/12/2010, 44, La Ley Online AR/JUR/40417/2010, sostuvo que "Debe condenarse al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos a otorgar a un afiliado discapacitado menor de edad, la cobertura del 100% de las prestaciones necesarias para tratar la patología que padece, de acuerdo con los arts. 15, 16, 18, 19 y 21 de la Constitución de Entre Ríos y la normativa que emerge de los tratados internacionales sobre protección del niño y asistencia a las personas discapacitadas, pues tales prestaciones deben ser proporcionadas por el Estado Provincial en beneficio del menor, en forma integral, oportuna y gratuita, obligación que fue delegada por el aquél en cabeza de la obra social estatal de la provincia - Ley Nº 9891 de la Provincia de Entre Ríos-".
En tanto, el mismo tribunal, en el caso "Godoy, Marcelo Esteban en Representación de su Hijo Menor c. IOSPER", 2009/09/02, La Ley Online AR/JUR/57551/2009, estableció que "resulta procedente ordenar al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos la cobertura del 100% de la provisión de los pañales descartables que un menor discapacitado utiliza diariamente, si tanto su incapacidad como su necesidad de dichas prestaciones se encuentra debidamente acreditada mediante el respectivo certificado nacional de discapacidad y la prescripción extendida por su médico tratante."
La protección de la salud, la cobertura legal cuando el menor presta servicios en relación de dependencia, la posible explotación del menor por intermedio de su grupo familiar o social, o por vía de un empleador inescrupuloso, son temas claves que están ligados a las actividades agropecuarias, o al denominado "trabajo esclavo" donde se someten a menores en talleres clandestinos, que en los últimos años ha sido un objetivo de los controles de la policía laboral.
En alguna medida, una de las tendencias de los próximos años estará centrada en la persecución, sanción y clausura de este tipo de asentamientos productivos, que generalmente se abusan de extranjeros indocumentados provenientes de países en los cuales este tipo de trabajos es frecuente y común.
A la vez, parece ser un objetivo local, en los municipios las acciones de policía laboral contra este tipo de trabajo, tanto en el ámbito rural como en el industrial.

viernes, 19 de agosto de 2011

ACCESO A LA JUSTICIA - LAS VICTIMAS


El acceso a la justicia es un derecho humano fundamental en un estado de democrático. La Constitución argentina de 1994 no sólo consagra este derecho, sino que otorga jerarquía constitucional a los tratados internacionales (artículo 75 inciso 22). En la actualidad, los derechos de las mujeres muchas veces se ven frustrados. Aún falta hacer efectivas leyes (como la ley bonaerense 12.569 de violencia doméstica y la ley nacional 24.685) para hacer frente a la erradicación y prevención de la violencia de género. El acceso a la justicia es un problema que debe entenderse en forma integral y debe abordarse de forma interdisciplinaria, con compromiso de los profesionales y operadores de la justicia, junto con políticas públicas que defiendan los derechos de las mujeres.
En este sentido, es crucial no revictimizar a las mujeres a través de un procedimiento jurídico que las ignore y, a su vez, menosprecie sus derechos. Las mujeres tienen derecho a ser escuchadas y respetadas en sus requerimientos judiciales, a que se respete su vida y su integridad física, psíquica y moral, a la libertad y a la seguridad personal, a no ser sometida a torturas, a una igualdad de protección ante la ley (y de la ley), a ser libre de toda forma de discriminación.

Diferentes manifestaciones de violencia

* Violencia física. Comprende toda forma de coerción en la que el varón utiliza la fuerza física contra la mujer. Puede consistir en cachetadas, empujones, puñetazos, patadas, tirones de pelo, golpes en el cuerpo, quemaduras, heridas, lesiones internas, ahogamiento, utilización de objetos que provocan daños fiscos, armas de fuego, armas blancas u otros elementos como cadenas, martillos, etc. El varón utiliza su fuerza par impedir que la mujer realice determinadas conductas o para forzarla a actuar en contra de su voluntad.

* Violencia emocional. Es la constante e intensa degradación y humillación a través del control de las prácticas y comportamientos de la mujer. Este tipo de violencia se expresa con burlas frente a terceros, intimidaciones, amenazas de muerte, descalificaciones, culpabilizaciones, aislamiento y limitación de la vida social (muchas veces, utilizando los celos como justificación).

* Violencia sexual. Se manifiesta a través de diversas formas de coerción física o intimidación psicológica para obligar a la mujer a realizar actos o comportamientos sexuales no deseados y/o participar en conductas sexuales contra su voluntad. El violento hace burlas sobre la capacidad sexual de la mujer o la obliga a mantener relaciones sexuales aunque ella no quiera. La acusa de ser infiel, de ser indiferente a sus sentimientos y necesidades sexuales, la obliga a presenciar o protagonizar actos sexuales en los que no desea estar involucrada y/o la fuerza a tener relaciones sexuales cuando pone en peligro su salud.

* Violencia económica. Implica el desplazamiento o exclusión de la mujer en la toma de decisiones de los gastos cotidianos, lo que la relega a una situación de subordinación de los recursos familiares. El varón controla el dinero familiar e incluso utiliza y dispone el de la mujer. Para lograrlo, tergiversa su manejo y administración. Algunas modalidades de este tipo de abuso son: impedir que la mujer mantenga su empleo, obligarla a que le pida dinero a él –creando dependencia económica-, darle una mensualidad, no dar a conocer los ingresos familiares o no permitir la disponibilidad de los mismos.

Existen organismos de gobierno y organizaciones civiles que pueden prestarte asistencia a vos y a tus hijos en casos de violencia de género. Compartimos algunas recomendaciones para que hagas la denuncia antes de que sea demasiado tarde.

El poder sobre el cuerpo, los valores y el derecho de los otros

Por Juan Carlos Tealdi *
Desde hace más de veinte años soy llamado a opinar en casos de aborto no punible, como el de la niña de Misiones que quedó embarazada por la violación a la que fue sometida, por haber contado que el día más triste de su vida había sido aquel en el que su hermanita había sido abusada sexualmente y ella había debido defenderla. Estos hechos me causan un profundo dolor como persona, como médico y como especialista en bioética. Me duele el cuerpo dañado de las víctimas y me duele la falta de sensibilidad, responsabilidad y valor de mi profesión y de las instituciones para asistirlas debidamente.
La vida humana tiene valor intrínseco para la inmensa mayoría de nosotros, más allá de nuestras diferencias. Pero la identidad, la integridad y la libertad también son valores fundamentales para todos. El aborto, como alternativa, es una opción dramática para cualquiera. Y lo es, precisamente, por el conflicto de esos valores fundamentales que supone. Un conflicto sobre cuya resolución unos sostienen unas convicciones y otros, otras. Pero el vivir en sociedad en modo pacífico y respetuoso nos exige resolver esos conflictos y para ello nos sujetamos a una ley común.
El Código Penal, en tanto ley federal, establece con alcance colectivo para todas las provincias argentinas que las decisiones y los actos sobre la interrupción de un embarazo producto de esa saña feroz contra el cuerpo de una niña (o de una mujer), no deben ser punibles. Y lo hace porque aunque penaliza el aborto en general, entiende que en estos casos las víctimas tienen el derecho a resolver ese conflicto de valores libremente y según sus propias convicciones. La ley privilegia así la dignidad humana y la libertad de la voluntad. Y sin embargo, una vez más, la voluntad de una niña y su familia fue obstruida y manipulada para lograr torcerla hacia la voluntad ajena.
Por eso estos casos tratan, simplemente, de la imposición del poder de unas personas sobre el cuerpo del dolor y el derecho de otras. Fue Max Weber el que dijo que “Poder es la probabilidad de que un actor dentro de una relación social esté en posición de realizar su propia voluntad, a pesar de las resistencias, e independientemente de las bases en que resida tal probabilidad”. De esto se trata no sólo la violación sexual de la niña, sino también la demora judicial y de los hospitales, la falta de compromiso y el supuesto temor legal de los médicos, los pronunciamientos religiosos y de otros sectores y las omisiones del Estado en proteger los derechos de las personas.
Los médicos, para actuar éticamente, tienen la obligación de ser veraces, promover y respetar la voluntad autónoma de las víctimas en casos de violación y no manipular en ningún modo la libre decisión de los pacientes y sus familias. Los comités de bioética en la Argentina, a su vez, tienen el deber de promover el respeto de esos principios universales y de proteger los derechos de las personas en el sistema de salud.
Cuando no actuamos así, es el día más triste de sus vidas para las víctimas como esta niña argentina, y un día cualquiera más en la vida de las personas e instituciones que imponen su voluntad a los más débiles porque toleramos sus conductas sin sanción alguna.
* Director del Programa y Comité de Bioética del Hospital de Clínicas-UBA.
 

ABORTO NO PUNIBLE - VICTIMA

La mamá de una chica violada por un tío en el Gran Buenos Aires, que penó para lograr el derecho al aborto no punible, cuenta cómo los médicos la atemorizaron y presionaron de la misma manera que sucedió ahora con el caso de la niña misionera.

Vicenta está profundamente conmovida. No puede creer que otra mamá, ahora en Misiones, esté pasando por el mismo calvario que le tocó a ella cinco años atrás, cuando reclamó un aborto no punible para su hija L.M.R., también violada y embarazada por un tío, como la niña de 14 años de Posadas. “Hay que buscar que se lo hagan lo más rápido posible. No pueden obligarla a seguir con ese embarazo. Fue violada. Si es necesario, me ofrezco a hablar con la mamá. A mí también los médicos en el hospital me dijeron que tenía que elegir entre la vida de mi hija o el aborto. Y como madre, ¿qué vas a decir? Y entonces enseguida dijeron que yo ya no quería seguir adelante con la interrupción. Engañan y se aprovechan cuando una está débil. No es riesgoso hacer el aborto. Cuando se lo hicieron a mi hija, salió caminando de la clínica”, dice Vicenta.
Vive con L.M.R. en un barrio popular de la localidad bonaerense de Guernica, en el sur del conurbano. La Cancillería debe convocarla para una reunión donde empezar a acordar los términos de la reparación que fijó a fin de marzo el Comité de Derechos Humanos de la ONU como parte de la condena al Estado argentino por no haber garantizado el acceso al aborto no punible a su hija en 2006, en un caso con muchas similitudes al de la niña misionera.
Aquel “accidente” o “caída” –como llama Vicenta al drama que le tocó atravesar cuando su hija menor, que tiene una discapacidad mental que la mantiene anclada en la infancia, tenía 19 años y fue violada por un tío paterno, resultando embarazada– es ya un episodio del pasado. “La veo feliz a Verónica (su hija mayor que tanto la acompañó en esa batalla) y a ella también”, dice Vicenta y mira a L.M.R., que toma un té a su lado. “Lo demás –agrega– quedó atrás.”
Vicenta tuvo que deambular dos meses de un lado a otro en los tribunales platenses desde el 24 de junio de 2006, cuando supo del embarazo e hizo la denuncia por violación. En ese periplo perdió sus trabajos en cuatro casas de familia. Su reclamo llegó a la Suprema Corte de Justicia de la provincia, que en un fallo del 31 de julio de 2006 avaló el pedido de L.M.R., aunque aclaró que no era necesaria la autorización judicial. Pero, aun con el aval del máximo tribunal bonaerense, los médicos del Hospital San Martín de La Plata –donde había recurrido desde un principio por el aborto– se negaron a practicarlo, con el argumento de que ya era riesgoso por lo avanzado de la gestación. Incluso le mintieron sobre el tiempo de gestación, agregándole un par de semanas a las que en realidad tenía. Después se supo que, en realidad, hicieron una declaración masiva de objeción de conciencia. Pero antes pretendieron manipular a Vicenta, como hicieron la semana pasada en el Hospital Materno Neonatal de Posadas con Carmen F., la mamá de la niña violada en Misiones, cuya gestación ronda las diez semanas.
Cuando se enteró por este diario de que a Carmen F. le habían dicho que era riesgosa la práctica del aborto, Vicenta exclamó: “Eso es lo que me dijeron a mí. Me acuerdo de que vino una doctora y me dijo: ‘Mami, ¿qué elegís, la vida de tu hija o el aborto? Si lo hacés, perdés a tu hija’. Yo ahí me descompuse. Vos estás con los ojos a cuatro vientos, y en ese barullo en lo único que pensaba era en la salud de mi hija. Como madre, ¿qué vas a decir?”. En aquel momento, Vicenta era analfabeta, se desempeñaba como empleada doméstica y tenía un Plan de Jefes y Jefas de Hogar de 150 pesos por trabajar los fines de semana en un polideportivo. Finalmente, L.M.R. pudo interrumpir el embarazo con el acompañamiento de integrantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, quienes consiguieron con mucho esfuerzo una clínica privada que realizó la intervención. “Salió caminando. Todo duró apenas veinte minutos. Lógico, hay un dolor, que nos va a quedar, pero recuperamos la tranquilidad”, dijo en aquel momento Vicenta a este diario. El dolor por la violación y sus consecuencias se fue mitigando. L.M.R. hizo tratamiento psicológico en una salita de salud del barrio, terminó la escuela laboral, en los últimos tres años se dedicó a hacer un curso de computación y ahora está haciendo otro de dibujo. La joven tiene 24 años, aunque sigue pareciendo una niña.
Vicenta parece otra mujer: esta cronista la conoció en aquellos días dolorosos, cuando le costaba expresarse. El drama de la violación y el tortuoso camino que debió sortear hasta el aborto no punible de su hija la corrieron de lugar, la empoderó. Defendió los derechos de su hija y los propios. Su vida siempre fue muy sufrida: el padre de sus dos hijas, con quien convivió 18 años y del cual se separó hace 19, la maltrataba, la golpeaba y hasta la forzaba a mantener relaciones sexuales contra su voluntad bajo amenaza. Ella estaba resignada a sufrir, pensaba que “ésa” era la vida que le había tocado, que si le pasaban las cosas sería porque así Dios lo quería, contó a este diario. La lucha por el aborto no punible de su hija la dejó sin trabajo: el hecho de tener que ir casi todos los días a un juzgado o al hospital le impidió cumplir con las casas en las que limpiaba. También perdió su empleo Verónica, la hija mayor, en todo el derrotero. Pasaron –contó Vicenta– un año y medio muy duro, donde las ayudaron los vecinos para poder comer y algo aportó el municipio. Pudieron salir adelante con la reventa de ropa y condimentos que compraba en la feria de La Salada. A fin de 2008, a Vicenta le salió el nombramiento como portera en una escuela pública de la provincia, un puesto que venían gestionando hacía tiempo integrantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto, que siguieron acompañándola. Impulsada por Verónica, el año pasado Vicenta terminó 9º año. Ahora quiere hacer la secundaria: su sueño, a los 56 años, es estudiar enfermería en la Cruz Roja.
“Hay que buscar que no se repitan estos casos, donde no las dejen hacer el aborto cuando la ley las ampara”, dice Vicenta. Quiere ayudar, dice, para que no se repita tanto dolor.

IDENTIDAD DE GENERO

Diputados de distintos partidos apoyaron el tratamiento del proyecto, que concede el derecho a cambiar de nombre y de sexo por vía administrativa, sin necesidad de recurrir a la Justicia. Podría tener media sanción antes de fin de año.
En el primer paso de su camino legislativo, diputadas y diputados de distintos partidos apoyaron firmemente el tratamiento del proyecto de Identidad de Género. El plenario que reunió a las comisiones de Legislación General y de Justicia se comprometió a elaborar un texto de consenso, a partir de iniciativas ya ingresadas en la Cámara para lograr prontamente un dictamen. Los presidentes de cada una de las comisiones, Vilma Ibarra y Juan Tunessi, explicitaron que la voluntad de ambos grupos de legisladores es que, antes de fin de año, llegue al recinto un proyecto de ley que habilite a rectificar el sexo en el DNI y cambiar el nombre de pila con sólo solicitarlo. De la reunión de comisiones participaron el interventor del Inadi, Pedro Mouratian, y dirigentes de organizaciones de la diversidad, que expusieron ante las y los representantes sus argumentos en defensa de la identidad de género como un derecho civil.
El debate comenzó cerca del mediodía, en una reunión de trabajo, cuya importancia había sido destacada hace unos días por las organizaciones de la diversidad. Además de Tunessi (UCR) e Ibarra (Nuevo Encuentro), se encontraban allí representantes que ya aseguraron su apoyo al tratamiento de la ley, y al texto que resulte del consenso, como Cecilia Merchán (Libres del Sur), Marcela Rodríguez, Laura Alonso (PRO) y Miguel Angel Barrios (PS). Al iniciar el encuentro, Vilma Ibarra señaló que se inicia el tratamiento de “una legislación en la que estamos atrasados y no sólo afecta el derecho a la identidad sino también a la dignidad”. Por ello pidió a sus pares trabajar sobre las propuestas en análisis para “sacar un dictamen por consenso que pueda ser tratado en el recinto en los próximos meses”.
Puesta a exponer ante las comisiones, la presidenta de Attta (Asociación Travestis Transexuales Transgéneros Argentinas) y secretaria general de la Federación Argentina LGBT, Marcela Romero, explicó que se trata de una demanda de inclusión e igualdad. “Exigimos ser parte de esta sociedad como personas con todos sus derechos; queremos oportunidad e inclusión; queremos ser diputadas, senadoras y presidentas”, dijo. A su turno, el interventor del Inadi, Pedro Mouratian, renovó el apoyo del organismo a la ley porque “quien no tiene nombre, no existe, y si no existe, no hay nada que darle, ni hay que protegerlo”.
Era el comienzo de un proceso que, de acuerdo con estimaciones de legisladores y dirigentes de la diversidad, podría culminar en una media sanción antes de fin de año. “Lo importante es haber podido debatir el tema en medio del clima preelectoral, que suele volver difícil que el Congreso convoque exitosamente. Que se haya podido hacer es importante”, observó, con entusiasmo, el presidente de la Federación Argentina LGBT, Esteban Paulón, quien también señaló como auspicioso el hecho de que la necesidad de una ley de identidad de género sea reconocida por todos los bloques.
El mismo optimismo manifestaba la dirigente de Alitt (Asociación Lucha por la Identidad Travesti-Transexual), Lohana Berkins, aunque prefirió referirlo como “desmesura positivista”, a la hora de evaluar el camino que puede esperar a la ley. “Es posible que haya sectores en desacuerdo, pero lo que deben tener claro es que no se nos puede negar un derecho. Que haya tantos proyectos demuestra que es una necesidad de toda nuestra comunidad. No se puede negar la realidad: se trata de reconocer la existencia de algo, no de crear cosas a futuro. Se trata de legitimar lo que ya existe, ponernos en pie de igualdad.”
Las cuatro iniciativas a partir de las cuales se consensuará un nuevo texto habían sido presentadas por Juliana Di Tullio, Diana Conti, Miguel Barrios y Silvana Giudici, tras conversaciones con distintas organizaciones de la diversidad, muchas de ellas nucleadas en el Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género. Todos los textos coincidieron en que la ley debe permitir el trámite de cambio de identidad ante el Registro Nacional de las Personas sin más requisitos específicos que la solicitud de la o el interesado. No se requerirá intervención judicial, diagnósticos médicos ni cirugías. Los distintos proyectos sí difirieron en cuanto a la edad mínima necesaria para demandar el cambio de identidad, algo que será debatido entre asesores y dirigentes de las organizaciones.

jueves, 18 de agosto de 2011

VIOLENCIA DE GENERO

Alejandra tiene 40 años, vive en la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, en Argentina. Vivió casi 20 años con el que fue su esposo. Muchas veces, le pegó casi hasta la muerte, humilló y maltrató delante de los hijos de ambos. A fi nes del 2009, después de una golpiza más, decidió dejarlo. Lo volvió a ver sólo una vez, de lejos. El tiene una orden de alejamiento que cumple a excepción de la escuela, donde sistemáticamente espera que el hijo salga para llevárselo sin permiso. Aún así, Alejandra tiene miedo de que la busque y la mate. En la justicia se está tramitando una causa por lesiones graves, por la que él podría recibir tres años de prisión. 'Cuando salga no va a parar hasta que me encuentre.'
Se calcula que la mitad de las mujeres de América Latina son víctimas de algún tipo de violencia de género y que al menos la mitad de las mujeres asesinadas en el mundo lo fueron por razones de género. Según la Campaña Únete contra la Violencia hacia las Mujeres, del Secretario General de las Naciones Unidas, una de cada tres mujeres en el mundo fue o será víctima de violencia de género en algún momento de su vida y en América Latina el panorama es tan grave como para hablar de pandemia.
Se trata de un padecimiento arraigado en conductas culturales patriarcales que menosprecian a las mujeres, considerándolas propiedad de los varones y que limita seriamente las posibilidades de desarrollo de los países del continente.
Rebeca Grysnpan, ex directora regional para América Latina y el Caribe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), decía durante el lanzamiento regional de la Campaña Únete para combatir la violencia de género del 2009: 'La violencia de género presente en nuestras sociedades interpela nuestro modelo de desarrollo y de democracia, la sentencia es categórica. No habrá desarrollo humano si no erradicamos esta herida abierta contra la dignidad humana y los valores básicos de la sociedad como es la violencia contra la mujer.
No habrá desarrollo humano si madres, hijas, hermanas, mujeres y niñas viven en el temor y sin libertad'.
La violencia de género es ejercida por los hombres sobre las mujeres en diversos ámbitos sociales: la casa, la calle, la escuela, el trabajo, y la lista podría seguir. Esta condición de inseguridad permanente es denunciada desde hace años por el movimiento de mujeres, reclamando a los Estados que reconozcan la violencia específica de género y actúen al respeto. Si bien el panorama hoy no es tan árido como hace treinta años, aún queda mucho por hacer para que las mujeres puedan sentirse tranquilas dentro de sus hogares y cuando atraviesan el umbral del mismo.

IDENTIDAD DE GENERO

En un plenario de comisiones se tratarán los proyectos que permiten a los transexuales reafirmar en los registros públicos el sexo que deseen reasignarse


Las comisiones de Legislación General y de Justicia, en una reunión conjunta, tratarán este jueves varios proyectos que permitirían rectificar datos personales en los registros públicos a quienes entiendan que no coinciden con su género de origen.

Para ello, además de los legisladores, se presentarán diferentes especialistas para que brinden su opinión.

Hay cuatro proyectos de ley denominados de "identidad de género", firmados tanto por diputados del oficialismo como de la oposición -e impulsados por diferentes organizaciones nacionales- que avalarían el cambio de nombre y sexo a través de trámites menos complejos que los actuales.

Algunos, además, incluyen la gratuidad de cirugías de reasignación de sexo y/o terapias hormonales mediante el Plan Médico Obligatorio (PMO).

Actualmente, se necesita de la aprobación de la Justicia para poder cambiarse el nombre del DNI y para someterse a una operación de reasignación sexual (ya sea una faloplastia o una vaginoplastia).

Los impulsores de las leyes aseguran que estos procesos judiciales son largos, costosos, desgastantes e invasivos, y suponen pericias médicas, psiquiátricas y psicológicas.

miércoles, 17 de agosto de 2011

Se suicidó Virginia Ogando- Otra victima de la dictadura

El secretario de Derechos Humanos, Eduardo Luis Duhalde, manifestó su profundo pesar por el suicidio de Virginia Ogando, una nieta recuperada, hija de padres desaparecidos que militaba en la agrupación HIJOS y seguía buscando a su hermano Martín.

“Ni el afecto de su abuela y demás familiares, compañeros y amigos, ni la asistencia psicológica, pudieron en su caso contra las huellas imborrables de aquel descenso a los infiernos del terrorismo de Estado. Su muerte es también un crimen imputable a los genocidas”, señaló Duhalde.

Ogando, de 38 años, tenía tres años cuando la dictadura desapareció a sus padres en el centro clandestino de detención conocido como “El pozo de Banfield”.
“Su lucha, perseverancia y compromiso para encontrar a su hermano nos deja el deber de seguir buscándolo para que recupere su identidad y su historia”, señaló este martes en un comunicado la agrupación HIJOS.

jueves, 11 de agosto de 2011

PROSTITUCION - UN DEBATE

la cuestión acerca de si la prostitución es una forma de violencia hacia las mujeres o un trabajo aún no ha sido saldada y tal vez no pueda serlo. Como en otros tantos temas, en momentos de aceptación cada vez mayor de las diversidades, no hay un discurso único que pueda considerarse revelador de 'la verdad'. Todavía la discusión sigue vigente.
Las actoras:'las mujeres en prostitución' y las 'trabajadoras sexuales' se identifican a sí mismas desde lugares distintos. Desde diversos sectores del feminismo, el movimiento de mujeres, la Academia, los Organismos Internacionales, las mujeres políticas, se sostienen ambas posiciones de manera irreconciliable. ¿Cómo es que las mismas personas, las mismas organizaciones que defienden el derecho a la diversidad, a la definición de la propia identidad pretenden imponer el discurso único en este tema?
La Argentina adoptó el sistema abolicionista que pretende poner fin a la prostitución. En 1949 la corriente abolicionista se plasma jurídicamente en la Convención contra la Trata de Personas y la Explotación de la Prostitución Ajena.
Sostiene que debe penalizarse a proxenetas, rufianes, y a quienes lucran con la prostitución ajena, pero no a quienes la ejercen. Prohíbe la existencia de prostíbulos.
Pero en la práctica no se cumple. Los prostíbulos y sus variantes: whiskerías, cabarets, casas de masajes, son una realidad amparada por la connivencia policial, judicial y política.
Desde la Coalición Against Trafficking Women (CATW) se plantea que no debe hacerse diferencia entre prostitución y trata, como si toda mujer en prostitución estuviera de alguna manera secuestrada.
Algunas abolicionistas toman el ejemplo de Suecia que desde 1999 penaliza al cliente de prostitución o prostituyente con multas y hasta cárcel, como un sistema para implementar en nuestro país.
AMMAR Capital sostiene la postura abolicionista. Consideran que la prostitución es una forma de violencia contra las mujeres.
Por otro lado la corriente reglamentarista legaliza a los proxenetas, la instalación de prostíbulos, somete a quienes la ejercen a controles sanitarios y administrativos y legitima a los clientes-prostituyentes. Hace una clara distinción entre prostitución y trata. Está en vigencia en Holanda y en Alemania.
En nuestro país la Asociación de Mujeres Meretrices Argentinas  AMMAR, sindicato de trabajadoras sexuales, sostiene que la prostitución es un trabajo elegido libremente, aunque no lo fomenten, pero sí lo consideran una salida a situaciones de pobreza.
Adhiero a los planteos abolicionistas. Considero la prostitución como una violación a los derechos humanos de las mujeres porque es  violencia, subordinación y opresión. Implica la mercantilización del cuerpo y de la subjetividad de las mujeres en la sociedad capitalista y patriarcal en que vivimos.
Sin embargo, en esta modernidad líquida en la que estamos viviendo no sólo el cuerpo de las mujeres está mercantilizado.
Zygmunt Bauman nos habla de los blogs en Internet:'de la descarada sinceridad y franqueza con la que se exhibían en público las experiencias más privadas y las aventuras más íntimas, sinceridad que, traducida en términos contundentes, podríamos hablar de intenso fervor y de evidente desinhibición a la hora de ponerse uno mismo (o, cuanto menos, ciertas partes o aspectos de la propia persona) a la venta en el mercado'*
En esta sociedad de consumidores se ha confundido la libertad personal con la adquisición de las ofertas del mercado. Y esto afecta a todas y todos. Aunque seguramente afecte menos a aquellxs que han quedado fuera del mercado lxs excluidos, aquellxs a lxs que sólo les queda la prostitución para sobrevivir.
Pero entonces ¿sólo la subjetividad de las mujeres  pobres está mercantilizada?
Las mujeres que teorizamos, asistimos a Congresos, legislamos, damos clases en las Universidades, no estamos en situación de prostitución.
Pienso que más allá de la posición a la que adhiramos, debemos crear las condiciones para que todas las protagonistas puedan hablar.
No somos las que 'sabemos' por ellas. La idea de ser agentes de la 'conciencia 'y del discurso nos ponen en el lugar del poder. Debemos luchar contra las formas de poder que se manifiestan en el orden del 'saber', de la 'verdad', de la 'conciencia'.
Las personas concernidas deben poder hablar por su cuenta. Las que acuerden con nosotras y las que no.
Por estar convencidas de que la prostitución es una forma de violencia contra las mujeres no podemos violentar a las que piensan distinto imponiéndoles un discurso único que no admita la diversidad..
Se deben implementar políticas públicas, sobre todo políticas de empleo genuino, de vivienda, para aquellas mujeres que quieran dejar la prostitución.
Y con respecto a los clientes –prostituyentes, no comparto la creación de nuevas figuras penales, el poder punitivo para resolver problemáticas sociales y culturales, más gente en las cárceles.
Sí podrían encararse campañas dirigidas tanto a los adolescentes como a los adultos, incluir el tema dentro de la Educación Sexual en las escuelas, desalentando el consumo de prostitución con los argumentos de que se puede estar violentando a una mujer en situación de trata o de explotación sexual que no puede elegir y que por otra parte las relaciones sexuales no mercantiles, deseadas por ambos, donde intervengan la ternura, el compañerismo y otros sentimientos pueden ser mucho más placenteras. Que el consumo de prostitución es una forma devaluada y degradada del ejercicio de la sexualidad.

lunes, 8 de agosto de 2011

VIOLENCIA DOMESTICA - LA INSEGURIDAD EN TU PROPIA CASA

Ser mujer es un riesgo. Ser mujer y amar es definitivamente más riesgoso, teniendo en cuenta que las 260 mujeres, adolescentes y niñas asesinadas el año pasado (según un relevamiento realizado por la ONG Casa del Encuentro), lo fueron en manos de cónyuges, novios, amantes, y otros varones del círculo afectivo de las víctimas.
Como una espada punzante, la violencia de género atraviesa países, edades, orientaciones sexuales, situaciones socioeconómicas, culturas y etnias. Ser mujer y amar es un riesgo, en cualquier lugar del mundo. Y también en la Argentina.
Los últimos días, la ciudad de Bahía Blanca fue testigo de dos situaciones graves de violencia de género. En una esquina muy céntrica una joven fue golpeada brutalmente por su novio y debió ser hospitalizada. Pero el otro hecho tuvo un desenlace fatal: una mujer de 26 años fue estrangulada por su pareja quien luego se suicidó.
Esta joven se suma a los casos de “femicidio” en Bahía Blanca (se registraron cinco en 2010) y en el país. Y aún seguimos sin tener estadísticas oficiales. El lugar marginal que ocupa la temática de la violencia de género en la agenda del Gobierno es, de por sí, una forma de violencia de género. Este flagelo se ha convertido en la primera causa de mortalidad femenina en el mundo. Y en las mujeres sobrevivientes deja secuelas irreversibles. Constituye un problema social y de salud pública que atenta contra el más fundamental de los derechos humanos: el derecho a la vida. Pero también impide el cumplimiento de todos los otros derechos humanos básicos.
Resulta urgente que el Gobierno en los niveles locales, provinciales y nacional monitoree la aplicación de las leyes vigentes, especialmente: la ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres; la ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas/os y adolescentes y la ley 26.150 de creación del programa nacional de educación sexual integral. Los municipios deberían liderar acciones para promover una mejor articulación entre los dispositivos de prevención y atención.
No es infrecuente que los profesionales que trabajan en diferentes servicios de prevención y atención a la violencia de género no cuenten con capacitación específica y se desempeñen en situación de precarización laboral, lo que atenta contra el abordaje adecuado de tan compleja problemática. Para ello, es indispensable la asignación de recursos económicos y técnicos a través del Consejo Nacional de la Mujer.
El Gobierno no podrá establecer políticas adecuadas ni abordarlas si no cuenta con un diagnóstico sobre su magnitud. Argentina tiene la ventaja comparativa (respecto de otros países) de tener un buen marco legal. Resta la decisión política para poder garantizar su cumplimiento. Y esto es urgente. Las mujeres y la sociedad en general no concebimos más muertes por violencia de género.

DISCRIMINAR DA RATING

La identidad sexual y la violencia de género son las infracciones más frecuentes que se ven en pantalla. El Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión generó un índice que comprobó que las mujeres, los gays y las lesbianas son los más afectados/as por los estereotipos mediáticos. Además, en seis de cada diez programas se infringe la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que contempla la violencia simbólica contra las mujeres.
¿Esa cola tiene novio? ¿Quién va a hablar, el culito o ella?”
(AM, Telefe, 17 de enero de 2011).
“¿Qué te llevó a querer ser
el culo del verano?”

(Viviana Canosa, Canal 9, 18 de enero de 2011). El minuto a minuto barre a entrevistados que pueden hablar con pausa y hace quedar durante horas una guerra de barro entre gemelas o un ricachón mostrando sus gemelos. El rating manda. Y la tele también. Culpa de las productoras o mea culpa del imán que genera tener la mente en blanco o preocupada por el baile, la pelea o el video prohibido (o violado) de vedettes y mediáticos la tele no es sólo banal –que no estaría mal un tiempo de banalidad– sino discriminatoria.
El rating da muchos puntos. Y, muchas veces, da más puntos cuanto más despectiva, polémica, burlona, exhibicionista, homofóbica y sexista sean las imágenes que se muestren. Pero, a partir de la nueva ley de medios y la creación de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca ex Comfer) ya hay otro ranking y otros parámetros legales. Quien quiere mirar que mire.
Sin duda los gays y lesbianas y las mujeres son los más afectados/as por la cosificación de la pantalla (que ya no es chica sino plana). Las situaciones con más burlas, estigmatizadas o mal tratadas en programas de entretenimiento fueron la identidad sexual y la violencia de género. Después le siguen la xenofobia y el racismo, la discapacidad, la obesidad, la religión y la juventud.
No hace falta que te diga... ¿o sí? Por las dudas recordemos a Jorge Rial dixit:
“Además de maricón te escudás en una mujer. ¡Sos un maricón Fort, sos un maricón! Pero que en el barrio te cagábamos a trompadas, te escondés atrás de una mujer (...) Poné huevo, lo que te cuelga ahí son huevos, vení acá. Vení acá si tenés huevos.” (de Jorge Rial a Ricardo Fort, en Intrusos 10 años, América, el 29 de noviembre de 2010).
Esta evaluación se realizó a partir de septiembre del 2010, con la aplicación efectiva de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (26.522), hasta abril del 2011. Durante el tiempo de monitoreo, el Afsca relevó 706 contenidos de radio y televisión de los cuales el 61 por ciento infringieron la ley por diversas temáticas: el 37 por ciento por su lenguaje, el 29 por ciento por los contenidos violentos, el 15 por ciento por lo que califican “temáticas adultas” (el modo de enfocar la información) que se da mucho en noticieros (no sólo los programas de chimentos pisan el palito) cuando, por ejemplo, preguntan a la mamá de un chico asesinado por situaciones escabrosas que no hacen a la información sino al morbo. Otra situación que es recriminada por las autoridades es el trato a las travestis. La falta no está en que haya travestis en televisión, ni en los horarios que puedan ocupar como protagonistas o entrevistadas, sino en el amarillismo (o cinismo) de las y los entrevistadoras/es que pueden decirles “¿Vos lo haces por atrás?” con la misma naturalidad con que piden una tanda y sin tomar como natural esa opción sexual sino como bichos raros (o bizarros) de la televisión re-formateada en circo.
Otras de las infracciones a los parámetros impuestos por la nueva ley de medios –en el 10 por ciento de los casos– es por temáticas relacionadas con la sexualidad (que podemos traducir en porno soft a cualquier hora del día y del dial o el zapping de control remoto) y un 4 por ciento por discriminación. No hace falta que te diga que el día de San Patricio, en el bajo porteño, es festejado como una fiesta y que, en cambio, una fiesta de la comunidad boliviana –en los dos casos con una corrida de alcohol a la vista– es mostrada como decadente y peligrosa.
En el top ten de los canales que no cumplen con las normas previstas para los contenidos audiovisuales está Canal 2 (América) con un 38 por ciento de las infracciones por actos de discriminación. Le siguen Canal 11 (Telefe) con 27 por ciento de las faltas, Canal 9 con 15 de transgresiones a los códigos de ética de los medios de comunicación, Canal 13 con 8 por ciento de violaciones a la ley de medios y Canal 7 con 4 por ciento de actitudes recriminables. Mientras que, en menor medida, las radios y los canales de televisión por cable representan otro 8 por ciento.
En la guerra por el rating todos quieren subir el tono. Algunos ganan y otros pierden en la cantidad de televidentes. Pero, a partir de la creación de la Afsca, ya no pasa inadvertido cuando se pasan de la raya. Los que peores mensajes emiten son Antes del mediodía (AM-Telefe), Bendita (Canal 9), Showmatch (Canal 13) –que, en realidad zafó bastante porque gran parte del monitoreo se realizó en el verano cuando se encontraba fuera de pantalla– y Resumen de los medios (RSM-Canal 2). También Susana Giménez quedó afuera del punteo por estar en Miami y no al aire con frases tales como “¿Y vos qué le hacías (para que te pegue)? Porque él parecía tan bueno”, durante una entrevista con Victoria Vanucci.
Ante los casos específicos trabaja el Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión que fue el responsable de realizar el monitoreo. Este organismo existe desde el 2006 y está integrado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca ex Comfer), el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) y el Consejo Nacional de las Mujeres (CNM).
A partir de septiembre del año pasado cuenta con más herramientas para promover una nueva cultura ya que la innovadora norma especifica que es obligatoria la “protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado evitando toda discriminación por género u orientación sexual”. Además, la regulación de los medios de comunicación incorpora la figura de “violencia mediática o simbólica”, a través de la aplicación de la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (26.485) entre las pautas que deben cumplir los programas de radio y televisión.
Una muestra representativa de la violencia de género en los medios fue el tratamiento informativo del concurso Reef, la cola del verano. En este evento, diferentes programas televisivos trataron a la mujer como un objeto sexual, desprovista de su dimensión humana y personal. Esto se hizo evidente “no sólo desde las imágenes a partir de la utilización insistente de primeros planos de los glúteos de las participantes, sino también a partir de construcciones discursivas de los responsables de los programas”. De ahí, la pregunta –inanimada a una parte del cuerpo femenino– como: “¿Esa cola tiene novio?”.
La discriminación está a la vista. Pero hay que tener en cuenta que no se trata de implementar una revolución penalizadora, ya que se están adecuando los mecanismos de sanción y se prioriza el diálogo con los responsables de los medios. Hasta ahora el Observatorio actúa por iniciativa propia, en los casos en que lo considera pertinente, y/o por reclamos o denuncias de organizaciones sociales y/o ciudadanos/as particulares. Analiza los contenidos objetados y concluye si el material observado contiene –o no– un mensaje discriminatorio. Las conclusiones se comunican a las partes involucradas. Una parte del trabajo es el intento de que publicistas, guionistas o productores tomen mayor conciencia de los efectos que generan. O si no la cola la van a hacer para pagar las próximas multas.

miércoles, 3 de agosto de 2011

FEMINICIDIO - UN FALLO MAS QUE CUESTIONABLE

El hombre la había golpeado y luego ahorcado, enterrando el cuerpo. Lo condenaron a perpetua y ahora la Casación bonaerense redujo la pena a 15 años. Consideró atenuante que no existía vida de pareja. Por ser mayor de 70 años, le dieron detención domiciliaria.

No hace falta ser adivino para predecir que un fallo de la Sala III de la Casación bonaerense desatará polémicas. El tribunal resolvió reducir a 15 años la condena a perpetua a un hombre de 70 años que en diciembre de 2004 había matado a su mujer ahorcándola, luego de golpearla a puñetazos y con un objeto contundente, para luego enterrar su cadáver en el jardín. La argumentación del voto mayoritario fue que el vínculo había quedado roto desde hacía una década y la mala relación de pareja actuaban como atenuantes que no habían sido considerados en la sentencia. También por dos votos la Sala III decidió otorgar la detención domiciliaria por tratarse de un mayor de 70 años.
El femicidio ocurrió entre las nueve y las once de la noche del 11 de diciembre de 2004, en el interior de una casa de la calle Defensa, en la localidad de San José, partido de Lomas de Zamora. El hombre, a quien el tribunal denominó como V.V., “le aplicó múltiples golpes de puño y con un objeto contundente a la persona de su cónyuge, A.D.S., ocasionándole diversas fracturas costales y múltiples lesiones. Asimismo lleva a cabo una estrangulación manual, ocasionándole con ello el óbito. Posteriormente ocultó el cuerpo en un lote cercano...”.
El Tribunal Oral Nº 6 de Lomas de Zamora condenó al acusado a cadena perpetua. El caso llegó a la Sala III de Casación bonaerense, integrada por los jueces Daniel Carral, Ricardo Borinsky y Víctor Violini. Carral fue el encargado de desarrollar el primer voto y fue quien revisó los atenuantes que solicitaba la defensa. Rechazó uno de ellos, el que sostenía que debía enmarcarse como preterintencional, es decir, que pretendía golpear a la víctima, pero no provocarle la muerte. “Nótese que, conforme se desprende del veredicto condenatorio, el argumento esencial señalado por el a quo radica en que la mecánica del deceso importó múltiples golpes de puño, varios golpes con un objeto contundente en el rostro, región anterior al cuello, región superior del tórax y finalmente la estrangulación; lo cual a las claras denota que no se trató en la especie de un accidente sino que, palmariamente, el propósito del sujeto activo era ultimar a la damnificada.” Y además, después ocultó el cadáver.
Carral consideró la presencia de “extremos atenuantes de la figura agravada de homicidio”. “Efectivamente, la relación conyugal entre víctima y victimario hacía tiempo que se hallaba finiquitada sin perjuicio de no haberse instrumentado en debida forma los trámites necesarios para obtener una sentencia de divorcio vincular (...)” y por el “hecho de que ambos cónyuges habitaban espacios distantes por un patio y dentro de un mismo predio –de común acuerdo– por más de diez años. A su vez, la decadencia del enlace matrimonial se corrobora a partir del hecho de que el acusado mantuviera otra relación sentimental con una mujer que traía a la vivienda que el mismo habitaba, lo cual fue detallado expresamente por R.V. sin que el causante negara dicha ligazón”.
También consideró como atenuante excepcional que tomó la situación psíquica por la que pasaba V.V., quien declaró que “(...) yo trabajaba veinte horas por día (...). Cuando ella se fue a Italia, le pagué todo. Cuando volvió, estaba enojada. Al tiempo, yo perdí un poco la vista, ella no me cocinaba, nada, siempre la contra (...). Yo le decía que ella no me atendía y por eso busqué alguien con quien entenderme. Ella se cagaba de risa de mí (...)”. Carral consideró que la actitud del imputado “respondió sin dudas a impulsos emocionales relacionados con el turbado enlace familiar existente, el cual incluso presentaba vestigios de una significativa historia patológica vincular”. Al considerar Carral que el vínculo era en los hechos inexistente, dejó de lado el agravante por el vínculo. Y los atenuantes excepcionales que consideró llevaron al juez a votar la reducción de la pena a 15 años, y la detención domiciliaria por la edad.
Violini aprobó el voto, pero estuvo en contra de la detención domiciliaria. Borinsky, en cambio, estuvo de acuerdo con la detención domiciliaria, pero rechazó la atenuación, considerando que el voto de sus colegas se sostenía en considerar comprensible la pérdida de respeto a su cónyuge por las circunstancias que vivía la pareja, y agregó que “si, como dice la hija de ambos, ella mantenía a la víctima a quien su progenitor siempre amenazó con matarla, además de ponerle corriente al lavarropas, chapitas en la cerradura a fin de impedirle el acceso y golpearla hasta con palos, haciéndole perder parcialmente la audición, y la occisión se produjo cuando la madre fue a reclamarle porque le había sacado las rejas protectoras, que según unos vecinos V. llevó hasta la esquina, desde donde fueron subidas a una camioneta, y entonces la mató, es mi parecer que las circunstancias que rodearon el homicidio no son de atenuación”.

lunes, 1 de agosto de 2011

TESTIGOS EN PELIGRO

¿Por qué los niños y niñas testigos y víctimas de la violencia ejercida contra sus madres siguen a cargo de aquel que la ejerció? Sentencias que no quedan firmes, demoras en los juicios e interpretaciones débiles de la legislación vigente ponen en riesgo a niños y niñas que han sido testigos de la violencia sexista y que terminan siendo rehenes de la patria potestad.
Mirtha vive para sus nietos/as. “Después de todo lo que pasaron, están conmigo, tienen contención”, cuenta aliviada. Leonilda no puede ver a los suyos. Están lejos, a cargo del padre quien, según denuncia, es el asesino de su hija. Mirtha también estuvo separada de sus nietos. Una Justicia perezosa liberó al femicida bajo fianza. “No podía dormir. Tenía miedo de que matara a los chicos y luego se suicidara”, recuerda. Leonilda está aterrada. “Tengo miedo que tome represalias contra ellos”, confiesa. Pero el terror no la paraliza, sino que la mantiene alerta y en pie para seguir reclamando la guarda de sus nietos/as y justicia por la muerte de su hija.
Ambas perdieron a sus hijas en muertes violentas. En el primer caso, María Burgos (42) fue asesinada por su ex marido. En el segundo, Liliana Garabedian (37) fue encontrada sin vida en un campo del departamento de Capeyán, en la provincia de Catamarca. Un mes antes, había decidido terminar la relación con su marido entre amenazas, golpes y denuncias. Ambas historias suman como víctimas a los/las hijos/as en común que fueron testigos de la violencia ejercida contra sus madres y que estuvieron, en el primer caso, o aún están, como en el segundo, a cargo de los supuestos homicidas.
¿Por qué los niños y niñas testigos y víctimas de la violencia ejercida contra sus madres siguen a cargo de aquél que la ejerció? ¿Por qué José Arce acusado de ser autor intelectual del asesinato de su esposa Rosana Galiano puede esperar en libertad el inicio del juicio y cuidar a sus hijos? ¿Qué mensaje se le da a la sociedad si los supuestos asesinos de esas mujeres se pueden amparar en su derecho de patria potestad para seguir impunes? ¿Es beneficioso para una criatura que su protección y crianza esté a cargo del (supuesto) homicida de su madre?
¿Qué dice la legislación? Según el artículo 12 del Código Penal, una persona que es condenada a reclusión o prisión por más de 3 años pierde automáticamente la patria potestad sobre sus hijos. Queda en suspenso hasta que cumple con su condena. Ya en libertad, recupera ese derecho. El Código Civil también se refiere al tema. En el artículo 307, sobre causales para pedir la suspensión de la patria potestad, dispone la quita de ese derecho cuando se “pone en peligro la seguridad, la salud física o psíquica o la moralidad del hijo, mediante malos tratamientos, ejemplos perniciosos, inconducta notoria o delincuencia”.
“Estas causales están presentes cuando una madre es asesinada por el padre de los niños, lo cual indicaría que la norma existe”, explica Claudia Hasanbegovic, abogada e investigadora. Sin embargo, lo que está claro para la especialista, no están obvio para los jueces que intervienen en estos casos. Existe una zona gris en la jurisprudencia que deja a niños y niñas huérfanos de madre a merced del padre homicida.
“Según el Código Penal, el padre que asesinó a su esposa pierde la patria potestad cuando la sentencia está firme, pero hay cientos de casos en los cuales se dilatan los juicios, recuperan la libertad y se hacen cargo de los niños/as”, alerta. “Tampoco es habitual que los familiares de la víctima pidan la suspensión de los derechos alegando como causal el “convertir a los hijos en testigos de la violencia contra su madre”.
“Las investigaciones sobre violencia doméstica señalan el grave daño psicológico que sufren los hijos en dichas situaciones. Además están presentes en más del 70 por ciento de los ataques sobre su madre. Aunque la violencia no vaya dirigida a las hijas e hijos les causa sufrimiento, perjuicios en su salud, bienestar y desarrollo. Un padre que ejerce violencia contra la madre de sus hijos/as no los está cuidando, está dañándolos”, sostiene la especialista.

CONVIVIENDO CON EL ASESINO DE MAMA

María Burgos fue asesinada el 14 de junio de 2007. La mató su ex marido Carlos Ocaranza. Era tucumana, tenía 42 años y cuatro hijos con él. Se quiso separar, pero él se lo impidió. El le pegaba y ella lo denunció. Ella quiso liberarse y él la mató a golpes. Ocaranza, ex policía, fue detenido inmediatamente por el homicidio. Ese día cambió la vida de Mirtha Gutiérrez, la mamá de María. No sólo tuvo que luchar para pedir justicia por su hija, sino para recuperar a sus nietos, que quedaron a cargo de los abuelos paternos. “No me los dejaban ver, hasta que pedí régimen de visitas”, señala.
La situación empeoró cuando el homicida cumplió dos años de prisión sin condena y fue liberado bajo fianza. “Los chicos la pasaron muy mal. Vivían todos juntos en la casa de los abuelos paternos”, recuerda. “Les pegaba, los maltrataba. El que peor lo pasó fue Abel que siempre defendió a la madre de los golpes del padre. Una vez él intentó pegarle con una maza y Abel le frenó la mano”, cuenta. Además, el nieto mayor fue testigo en el juicio contra el asesino de María.
El maltrato terminó en octubre del año pasado cuando la Justicia dictó la reclusión perpetua contra Ocaranza. “Fue un año horrible. Tenía terror de que los mate y luego se matara él”, revela. “Además, siempre andaba dando vueltas por el barrio. Nunca me amenazó, pero andaba por acá, pasaba por la puerta”, recuerda.
Pero el alivio por la condena duró poco tiempo. A los pocos días se suicidó su nieto Abel. “Quería que su padre cambiara, le quería dar otra oportunidad. Pero algo pasó y se fue con su mamá”, cuenta entre lágrimas. “Era tan bueno, especial, todo el mundo lo quería”, resalta. ¿Recibió asistencia psicológica tras la muerte de su mamá?, preguntó Las/12. “Fue a la psicóloga por tres años, se lo veía bien. Se había anotado para ir a la gendarmería”, explica.
Mirtha está por conseguir la guarda legal de sus dos nietos más chicos, Mauricio (9) y Sebastián (16). “Sebastián está con sus abuelos paternos, se siente responsables por ellos. Quedaron destruidos con la sentencia contra su hijo”, cuenta. En tanto, Natalia (19) sigue viviendo con su tía. “La gente tiene que tomar conciencia. Hay que dar charlas a varones y mujeres, desde chiquitos, que vayan creciendo y aprendiendo que la violencia es inaceptable”, remarca.

NIÑOS PRISIONEROS

Leonilda Carrizo no puede ver a sus nietos, de 3 y 8 años. Uno de los problemas es la distancia. Ella vive en Buenos Aires y los chicos, en Catamarca. El otro es que el padre se lo impide. Casi no los ve desde que apareció muerta su hija y madre de los niños, Liliana Garabedian. Su cuerpo desnudo apareció el 8 de diciembre pasado. Fue hallado en un campo del departamento catamarqueño de Capeyán.
Según la autopsia, se murió por inanición, es decir, por no ingerir agua ni alimentos, pero la madre no cree ni una palabra. Las irregularidades de la investigación y los hechos ocurridos con anterioridad a su muerte la llevan a pensar que el responsable es su marido, Alejandro Barros.
Ella pierde contacto diario con su hija en diciembre de 2009 cuando junto a su marido e hijos se mudan a Catamarca, donde vive la familia de Barros. “Se fueron por el trabajo de él. Necesitaban estar más cerca de Córdoba. Vende neumáticos”, señala Leonidas. Liliana se quedó sola, sin trabajo ni amigos. Un mes antes de su muerte, Leonilda tomó conciencia del infierno que vivía su hija. “Yo fui un par de semanas para ver a mis nietos, pero cuando vi que estaba todo mal, me quedé un tiempo más. Ella se quería separar, ya se lo había dicho, pero él no quería. Una tarde llegué y él le estaba dando una paliza. Obviamente, fuimos hacer la denuncia policial.”
Barros abandonó la casa, pero según el testimonio de Leonidas, no cesaron las amenazas y golpes. “Empezó a amenazarla con que le iba a quitar los chicos, entró a la casa y se llevó todos los muebles”, cuenta. “Mi hija estaba desesperada. Tampoco le pasaba plata para la comida de los chicos”, revela. Todo estalló cuando desaparecieron sus hijos. Se los había llevado su padre a la casa de la hermana. “Liliana los va a buscar y termina detenida 16 horas por averiguación de antecedentes. Una detención totalmente ilegal”, denuncia Carolina Chiappetta, abogada de la víctima.
Luego, fue trasladada a un hospital local donde la atendió una psicóloga. Es lo último que se sabe de ella. Pasaron tres días de angustia, de búsqueda. “Aparece muerta en un descampado, desnuda. Dicen que estuvo vagando, pero en las plantas de los pies no tiene lastimaduras. Tiene marcas en el muslo que da la impresión de que la arrastraron y los peritos dicen que fue una quemadura del sol. Tampoco le hicieron los hisopados para ver si fue abusada o si la habían drogado”, enumera la letrada.
“Traté de mantener la discreción, pero ya no puedo más. Tengo miedo de que tome represalias contra los chicos”, confiesa Leonidas. “No sabemos quién cuida a los chicos. El viaja toda la semana por el trabajo. Nos dijeron que está con un tío paterno”, cuenta, desorientada. En estos meses, de dolor y lucha, sólo los pudo ver el 31 de mayo pasado por una hora. “La nena no se quería ir y me preguntaba dónde estaba su mamá. Hoy son prisioneros de la familia que los dejó huérfanos”, alerta.

EN EL CONGRESO

En abril pasado se realizó una jornada pública para debatir sobre la patria potestad de los femicidas. Uno de los puntos planteados fue avanzar en un proyecto de reforma del Código Penal que establezca la pérdida automática de la patria potestad en los casos de homicidas con sentencia firme.
“Los procesados por el mismo delito también perderían el derecho mientras dure el proceso”, explica Fabiana Tuñez, de la Casa del Encuentro, una de las organizaciones que impulsa la reforma. “Hay que evitar casos como los de Arce y Zambrano”, sostiene. “En 2010, mataron a 260 mujeres pero también destruyeron a 260 familias”, remarca.
En esa línea, el diputado nacional Gustavo Ferrari presentó una iniciativa que modifica la Ley de Protección de Violencia contra las Mujeres. Propone que al artículo 26, sobre medidas urgentes a disposición de los jueces, se sume la posibilidad de “ordenar al presunto agresor abstenerse de interferir, de cualquier forma, en el ejercicio de la guarda, crianza y educación de los/as hijos/ as, e incluso podrá suspender el ejercicio de la patria potestad”.
“Entendemos que esta medida tiende a prevenir una situación de hecho de importancia, dado que el juez ante la evidencia de una situación de riesgo para el menor podrá suspender preventivamente durante el plazo que considere conveniente el ejercicio de la patria potestad, y así no permitir que los hijos queden bajo la tutela de un padre que ha sido imputado por un hecho de violencia doméstica, y más aún que este último no pueda alegar dicha patria potestad para oponerse a una medida de prisión preventiva o cierta medida de seguridad que se pueda establecer”, explica el legislador.
La idea es avanzar en el mismo camino que en España, donde el gobierno está impulsando un proyecto para modificar el Código Civil para evitar que los condenados por violencia machista mantengan la patria potestad de sus hijos. Según el balance del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género español, entre julio de 2005 y junio de 2010 se han ordenado suspender la guardia y custodia de los hijos en 11.052 casos de violencia machista y en 544 han suspendido directamente la patria potestad.

Marcados por la memoria del horror- MARIANA CARBAJAL

El Centro Ulloa, de la Secretaría de DD.HH. de la Nación, brinda asistencia integral a víctimas de abusos de fuerzas de seguridad, gatillo fácil, torturas y tratos crueles en cárceles y comisarías. Organizan un equipo para intervenir en casos de trata.
Se creó para intentar suavizar las huellas profundas en la salud psíquica y física de las víctimas del terrorismo de Estado –y de sus familiares– y acompañarlas en su recorrido como testigos en los juicios contra los represores. Pero el Centro Ulloa, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, amplió sus incumbencias. Y también brinda asistencia integral a víctimas de violaciones de los derechos humanos perpetradas en democracia: abusos de fuerzas de seguridad, gatillo fácil, torturas y tratos crueles en cárceles y comisarías. Están organizando un equipo, además, que pueda intervenir en casos de trata. La atención no está centralizada en su sede, en la ciudad de Buenos Aires. Para cubrir todo el territorio del país, armaron una red de profesionales, con perspectiva de derechos humanos, de hospitales públicos en las diversas provincias.
“Si creamos este Centro de Asistencia no podemos solo abocarnos a las violaciones de derechos humanos del terrorismo de Estado. Hay muchas marcas en las fuerzas de seguridad, en las estructuras del Estado, de eso que ocurrió. Las marcas son tan profundas que por supuesto se siguen generando violaciones en la actualidad y no podemos dejar por fuera a esas víctimas. La lógica de trabajo es la misma que aplicamos a las víctimas de terrorismo de Estado”, explica a Página/12 Fabiana Rousseaux, directora del Centro Ulloa. También ella tiene sus propias huellas del horror de aquellos años oscuros: su padre está desaparecido.
El Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de DD.HH. Dr. Fernando Ulloa se creó en octubre de 2010: sus incumbencias se ampliaron en febrero último por decreto de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Funciona desde hace pocos meses en una casona con patio andaluz en el microcentro porteño, Esmeralda 138, en las mismas habitaciones que albergaron al extinto Banco General de Negocios, denunciado por la fuga de 250 millones de dólares, de los hermanos Rohm y en cuyo directorio también tenía participación el ex ministro de la dictadura José Alfredo Martínez de Hoz. El pasado y el presente deambulan y se chocan por los pasillos. Pero la casona respira el espíritu del psicoanalista Fernando Ulloa –a quien homenajea con su nombre–, fallecido hace tres años, a los 84 años, reconocido por su compromiso social y político, y sus aportes conceptuales y prácticos a la lucha por los derechos humanos.
En realidad, el Centro Ulloa es la continuación de otras iniciativas promovidas desde la Secretaría de Derechos Humanos para dar contención, acompañamiento y asistencia en salud mental a víctimas-testigos del terrorismo de Estado. “Pero estamos también empezando a trabajar con médicos. Este no es un tema solo de salud mental: cuando una persona, luego de testimoniar en cualquier causa, desarrolla una enfermedad autoinmune y se muere, como ha pasado, es un tema muy grave”, apunta Rousseaux.
–¿Lo ven como un patrón? –Sí. Por eso hablamos de la importancia del acompañamiento del testigo: el testimonio en el juicio no es volver a contar sino volver a vivir. Y eso trae consecuencias. Algunas personas, como el papá del Negrito Avellaneda (Floreal tenía 15 años cuando fue secuestrado; su cuerpo mutilado apareció en la costa uruguaya en 1976) no podemos decir que murió después del testimonio. Pero como profesionales podemos decir que hay algo del cuerpo que se desadormece después de que toda su vida fue pensada en función de llegar a ese testimonio, a que se haga justicia. ¿Y luego qué viene? Lo vimos en otros casos, en otras provincias. Hay algo que se descongela en el cuerpo. Muchas de estas personas jamás han podido ir a hacerse estudios básicos, indispensables, como un electrocardiograma o una mujer estudios ginecológicos. Son cuerpos marcados por la memoria del horror. En el Centro escuchamos gente que llega derivada de un juzgado, de una fiscalía, que dice: “Yo tengo esta enfermedad hace muchos años, pero jamás pude ir a un médico”. No se animaron, tal vez, porque viven en pueblos chicos, donde el médico del lugar pudo estar vinculado con represores.
Una de las asesoras del Centro Ulloa es Alicia Stolkiner, titular de la Cátedra de Salud Pública de la Facultad de Psicología de la UBA y profesora de posgrado en el Departamento de Salud Comunitaria de la Universidad Nacional de Lanús. El equipo se integra con profesionales más jóvenes, como la psicóloga Juliana Serritella, coordinadora del Area de Terrorismo de Estado, y Virginia Delgado, psicóloga y psicopedagoga. “Cuando se funda este Centro, se establece un puente entre las violaciones de los derechos humanos durante el terror de Estado y las actuales, que tienen que ver con la actuación, aun en un marco democrático, de las fuerzas de seguridad de manera inadecuada”, puntualiza Stolkiner.
La formación de una red de profesionales en distintos hospitales, que puedan dar respuesta a víctimas de violaciones de derechos humanos, es una prioridad para la Secretaría de Derechos Humanos. “El Programa Consecuencias Actuales del Terrorismo de Estado (CATE) –del cual depende el Ulloa– surge en 2005 con el objeto de volver a instalar el tema de la actualidad del terrorismo de Estado en la salud mental y en la población en general. No se trataba de un hecho del pasado, sino que retornaba sistemáticamente en las consultas y las profesionales daban una respuesta muy curiosa, sobre todo en el interior del país, cuando se acercaba una víctima de terrorismo de Estado tres décadas después a atenderse: ‘Vaya con los de los derechos humanos, esto es un problema de los derechos humanos, nosotros no tenemos nada que ver con el tema’. Dentro de la Secretaría, planteamos la necesidad de que ningún profesional del país, que tenga una matrícula y que sea funcionario público también, pudiera decir que no tenía nada que ver con el problema del terrorismo de Estado, porque la gente, sobre todo en el interior de país, veía acotada su posibilidad de asistencia”, dice Rousseaux.
–¿Qué particularidad puede tener la intervención de profesionales de la salud mental o médicos de la red que han armado? –Nuestra mirada particular y específica es pensar la representación subjetiva que cada uno tiene respecto de esa violación de derechos. A veces viene gente que uno puede interpretar que no ha sufrido una violación efectiva de derechos humanos en la definición estricta y, sin embargo, hay una interpretación subjetiva. Nos llamaron para intervenir en el primer juicio oral que se va a llevar adelante por el caso de Marita Verón en Tucumán, en el acompañamiento a las víctimas-testigos que van a declarar. Finalmente no nos vamos a ocupar, pero sí pensamos que tenemos que acompañar a víctimas de trata, que es un trabajo casi a la inversa del que hacemos con víctimas de terrorismo de Estado.
–¿Cuál es la diferencia? –Por la posición subjetiva de las víctimas. Pareciera ser que lo que hay que construir es la condición de sujeto de derecho en ese caso. Nos parece muy importante –como en el caso de la causa de Automotores Orletti, que muchos testigos venían de Uruguay– qué pasa con el post testimonio y cómo nosotros sostenemos y armamos una red de contención luego de que declaren en el juicio, que es el momento más riesgoso y en el que tal vez la Justicia no piensa, porque está enfocada en el testimonio.Actualmente brindan asistencia a unas quinientas personas, víctimas del terrorismo de Estado. Hay una propuesta de hacer un espacio grupal para mujeres que han sufrido violaciones sexuales en los centros clandestinos.
* Para consultas sobre el Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos Dr. Fernando Ulloa, dirigirse a Esmeralda 138, llamar al 11-4328-2463 o escribir a centroulloa@jus.gov.ar.